AGUASCALIENTES.- El
exgobernador de Aguascalientes, Luis Armando Reynoso Femat, desestimó la
sentencia de seis años nueve meses de prisión dictada en su contra por el
Juzgado Segundo de lo Penal por el delito de peculado y ejercicio indebido del
servicio público, al acreditarle participación en la compra “simulada” de un
tomógrafo que costó al erario público 13.8 millones de pesos.
En declaraciones a medios de comunicación, Reynoso Femat estableció que no era una
sentencia definitiva, por lo que no hay cambio alguno en su estatus legal.
“Sigo siendo inocente
y sin cargo alguno”, y agregó que serían instancias federales y eventualmente
hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los que juzgarían el
caso y podrían resolverlo de forma definitiva.
Este es uno de los
cuatro casos judiciales abiertos en contra el exgobernador, quien recurrió a
amparos y ha depositado fianzas por un monto aproximado de 84 millones de pesos
para librar órdenes de aprehensión y enfrentar los procesos en libertad.
De esa cantidad, 12 millones corresponden al caso del
tomógrafo –expediente 0065/2013- el cual no está considerado como delito grave
y puede ser conmutable mediante la reparación del daño. Por tanto, Reynoso
Femat solo tendrá que aportar 1.8 millones de pesos, para completar los 13.8
millones reclamados por la justicia.
El equipo de defensa del exgobernador distribuyó
posteriormente un comunicado en el que acusa a la Fiscalía General del Estado
de “violentar el principio de presunción de inocencia” y de vulnerar “un
derecho humano de quien se acusa debido a que se hace público un asunto cuando
aún no existe una sentencia definitiva”.
Refrenda también que la sentencia emitida por el Juzgado
Segundo de lo Penal no señala “como consecuencia de que el ingeniero Luis
Armando Reynoso Femat pierda su libertad, en virtud de que goza del beneficio
de la libertad provisional bajo caución que garantiza que llevará el proceso en
libertad”.
Precisa que se apelará ante la sala penal del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado (STJE) y que si el dictamen resulta adverso se
recurrirá al amparo directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito donde se
resolvería en definitiva el caso; además, plantea la posibilidad de que el
mismo sea atraído por la SCJN “por las cuestiones de constitucionalidad que se
están resolviendo”.
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