La Defensoría de los
Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió una recomendación a diversas
autoridades, en la que pide iniciar procedimiento administrativo de
responsabilidad en contra de colaboradores del exgobernador Gabino Cué por
omisión, ya que no dictaron medidas de protección suficientes a favor de niños,
niñas y adolescentes (NNA) albergados en la Casa Hogar “Hijos de la Luna”.
El caso en cuestión
podría ser equiparable al de otros supuestos centros asistenciales en el país,
como Casitas del Sur, La Gran Familia y Mamá Rosa.
Por lo pronto, María
del Socorro Ramírez González, junto con sus familiares Aarón Iván Larracilla,
José María Larracilla Ramírez y José Pastor Larracilla Carranza –conocido como
“Papá Pastor”–, se encuentran presos por los delitos de violencia
intrafamiliar, abuso sexual infantil agravado, violación equiparada y violación
equiparada agravada.
El albergue que
dirigía la mujer fue clausurado porque los testimonios de 45 niños y niñas
evidenciaron tratos crueles, inhumanos y degradantes, incluso tortura.
La Defensoría ha
revelado que la situación es muy grave porque el Estado ni siquiera conoce cuál
es la magnitud del problema, dado que se carece de información precisa sobre el
número de NNA que se encuentran en instituciones de acogida.
Según la Red Latinoamericana de Acogimiento Familiar, en
México existen alrededor de 412 NNA que viven sin el cuidado de sus padres. De
esta cantidad, de acuerdo con cifras del Sistema Nacional DIF, en 2013 había 25
mil 700 niños en albergues, 805 de ellos privados y 117 públicos.
De acuerdo con el organismo, ya han pasado 26 años desde que
entró en vigor la Convención de los Derechos del Niño, que obligaba al Estado
mexicano a realizar una serie de modificaciones legales e institucionales para
hacer vigentes los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Sin embargo, varios
son los hechos que demuestran que el Estado ha sido omiso en su obligación de
proteger a la niñez frente a los altos niveles de violencia, pobreza, malos
tratos, abandono, enfermedades, desigualdad y falta de educación.
Uno de esos hechos tiene que ver con la falta de regulación,
supervisión y vigilancia de la actividad de los Centros de Cuidado Alternativo
a los que se envía a miles NNA carentes de cuidado parental o en riesgo de
perderlos para su cuidado.
Y el problema en el Estado se agudiza al no existir
legislación precisa que regule el funcionamiento de esos centros, pero también
por la falta de compromiso y responsabilidad de servidores públicos, que no
obstante la carencia de normas precisas, debieran actuar de manera mucho más
proactiva en la protección y defensa de los derechos humanos de la niñez en el
país, puntualiza la Defensoría.
El 4 de noviembre de
2014 comenzaron a salir a la luz pública los abusos en el albergue “Hijos de la
Luna”, luego de que en abril de 2015 se presentaron las primeras denuncias
contra ese lugar.
Pero un mes antes la
Fiscalía General del estado (FGE) realizó un cateo en ese establecimiento
ubicado en la calle Lázaro Cárdenas número 212, en la colonia Guadalupe
Victoria de esta capital, y rescató a diez niñas y 14 niños.
Inicialmente los
menores se negaban a hablar de su situación en la casa hogar, hasta que les
dijeron que ya no iban a regresar. Los pequeños relataron que eran golpeados y
sometidos a diversos castigos, como bañarlos con agua fría por la noche y
amarrarlos de pies y manos para que no hicieran travesuras.
Según consta en las averiguaciones previas 1265 (V.I.)/2015
y 1271/(V.I.)/2015 acumuladas, cinco menores narraron que fueron sometidos a
abusos sexuales.
El 7 de enero de 2016 se presentó la queja respectiva y el
30 de noviembre del mismo año se emitió la recomendación 15/2016, que involucra
a diversas autoridades, como la FGE, el Sistema para el Desarrollo Integral de
la Familia del Estado de Oaxaca, los Servicios de Salud y la Coordinación
Estatal de Protección Civil.
De acuerdo con el número de expediente
DDHPO/597/(01)/OAX/2015 y su acumulado DDHPO/0016/(01)/OAX/2016, integrado de
2465 fojas en cuatro tomos y 2168 fojas en tres anexos, se realizó la opinión
psicológica con perspectiva de derechos de la infancia sobre el caso “Hijos de
la Luna” a 24 NNA, ante el agente del Ministerio Público.
La Defensoría
cuestionó que aunque en los informes rendidos por el DIF-Oaxaca – según consta
en el expediente administrativo 204/R.M.I./SUB-A/2014– se obtuvieron
testimonios de violencia, abusos, malos tratos, ese organismo permitió que el
albergue continuara operando.
En su recomendación, señaló que el Sistema DIF-Oaxaca opera
bajo una visión completamente asistencialista ante los derechos de la infancia,
lo que genera una grave violencia Institucional.
Según los estándares mínimos que los Estados deben tomar en
consideración al momento de regular los centros de acogimiento, sugeridos por
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se concluyó que de los 12 estándares, la Casa Hogar “Hijos de la Luna”
incumplía con todos.
Ese centro no contaba
con personal especializado, capacitado, calificado, apto o con suficiente
formación para atender las necesidades especiales de niñas, niños y
adolescentes bajo el cuidado alternativo que requerían. Por ejemplo, no estaban
separados por edades y por necesidades de protección y de cuidado, ya que las
instalaciones carecían de los espacios adecuados.
Un infante señaló que su hermana se escapó del albergue
porque en una ocasión “Mamá Coco” realizó una fiesta donde hubo alcohol. Su
hermana se emborrachó y “Mamá Coco” le pegó, porque “cuando se portan mal hay
veces que les pegan…”
Por separado, el 22 de agosto de 2014 la Coordinación
Estatal de Protección Civil realizó una visita a esa Casa Hogar sin que
emitiera algún pronunciamiento respecto de las condiciones en que operaba,
cuando estaba facultado para dictar la clausura del lugar.
Respecto de la FGE, la agente del Ministerio Público
encargada del trámite de la averiguación previa 1529/(V.I.)2014 retomó lo
informado por personal del DIF, relativo a que las niñas, niños y adolescentes
se encontraban dentro de los parámetros normales.
Ello provocó que dentro de la averiguación previa no se
realizara alguna acción tendiente a salvaguardar la integridad de los infantes,
por lo que se vulneraron los derechos humanos de las personas agraviadas y, por
lo tanto, fue necesaria la llamada telefónica de una persona, quien de forma
anónima hizo del conocimiento la situación que se vivía en el albergue. Eso provocó
el inicio de una averiguación más bajo el índice 1265(V.I) 2015.
Posteriormente los
agraviados rindieron sus declaraciones en las que narran hechos delictivos
cometidos por las personas encargadas de la Casa Hogar, y que dieron lugar a un
proceso penal por los delitos de violencia intrafamiliar, abuso sexual infantil
agravado, violación equiparada y violación equiparada agravada, delitos por los
que en la causa penal 196/2015 se ejerció acción para procesar a quienes se
encontraban a cargo del albergue.
Los Servicios de
Salud realizaron el 27 de marzo de 2015 una visita en la que advirtió diversas
anomalías en el funcionamiento de la Casa Hogar, que correspondían al ámbito de
su competencia, como la existencia de una cubeta con botellas de cervezas, además
de que al revisar el botiquín contenía medicamento caducado y un jarabe abierto
y sin sellar.
Esa autoridad, según
la Defensoría, tenía la posibilidad de ordenar la suspensión total de
actividades en la Casa Hogar “Hijos de la Luna”, y no lo hizo.
Y fue hasta el 15 de
octubre de 2015 que se emitió el oficio 5S/5S.2.2/0605/2015 por el que el
director de Regulación y Fomento Sanitario ordenó la suspensión de actividades.
La Defensoría pidió al secretario de la Contraloría y
Transparencia Gubernamental del estado que inicie procedimiento administrativo
de responsabilidad en contra de los servidores públicos involucrados y, en su
caso, se le, imponga la sanción que resulte procedente.
Finalmente, ante falta de mecanismos internos para dar
vigilancia a los Centros de Cuidado Alternativo en el estado, se solicitó al
Congreso local que dictamine a la brevedad la iniciativa de Ley de Centros de
Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Oaxaca, a fin de
regular de forma integral lo relativo a las reglas de funcionamiento,
inspección y vigilancia de esos centros de cuidado alternativo, sobre todo
aquellos que son operados por particulares, para que no vuelvan a ocurrir
violaciones a derechos humanos como las documentadas.
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