El banquero de Atlacomulco Carlos
Hank Rhon y su hijo del mismo nombre son los principales acreedores de la deuda
subnacional –de estados y municipios– que según estimaciones conservadoras
asciende a 61 mil millones de pesos, pero puede ser mucho mayor si se considera
que sólo Coahuila le debe al Banco Interacciones y a Banorte –que ellos
presiden– 31 mil millones.
A finales de
2014, este semanario presentó dos solicitudes de información sobre los
contratos suscritos para conocer el monto de esa deuda, pero las instancias
requeridas se perdieron en argucias procedimentales. Ahora, el caso está en
manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Desde 2015, una serie de litigios
mantienen en suspenso el acceso a los contratos que gobiernos estatales y
municipales suscribieron con los bancos Interacciones y Banorte, ambos
controlados por los banqueros de Atlacomulco, es decir, Carlos Hank, padre e hijo.
Para ellos, las elecciones o cambios
en los grupos políticos son irrelevantes. Sea quien sea gobernante, en
numerosos estados y municipios, les deberán dinero durante cinco, 10, 15 y
hasta 25 años.
Los escándalos de corrupción de
gobernadores y presidentes municipales de todo el país se relacionan en la
mayoría de los casos con el manejo discrecional de recursos obtenidos mediante
contratación de deuda, pero esos dos bancos, con enorme influencia política en
el país, se oponen a la transparencia de la información.
Un tribunal
administrativo acaba de enviar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) uno de los casos promovidos por Interacciones, institución especializada en prestar dinero a los gobiernos que se
opone –por la vía del amparo– a que los contratos de deuda sean públicos.
Interacciones,
un grupo financiero dedicado a dar
servicio sólo a gobiernos, arguye que se afectaría su estrategia comercial; que
transparentar los contratos violenta los secretos bancario, financiero,
fiduciario y fiscal, y que –como si los gobiernos fueran personas físicas– se
vulneran los datos personales de sus clientes.
Además, que
les violaron el derecho de audiencia al no ser llamados por las dependencias
que dieron respuesta a las solicitudes de acceso ni por el Instituto Nacional
de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(INAI), que instruyó la apertura de la información.
El interés público es claro:
descendientes del extinto líder del Grupo Atlacomulco –al que pertenece Enrique
Peña Nieto–, Carlos Hank Rhon es presidente de Interacciones, y su hijo, Carlos
Hank González, lo es de Banorte. El primer banco
concentra 12% de la deuda pública subnacional; el segundo, 24%. Así, la familia
Hank es acreedora de la tercera parte de la deuda de estados y municipios de
México, superando, en acaparamiento de mercado, a todos los bancos.
4 mil 433
contratos son “muestra pequeña”
El 6 de
noviembre de 2014, Enrique Peña Nieto encabezó una entrega de becas otorgadas
por el presidente de Interacciones, Carlos Hank Rhon. El magnate mexiquense
ingresó en 2012 a la lista de los más ricos del mundo que publica la revista
Forbes, con una fortuna estimada en mil 400 millones de dólares ese año.
La riqueza de Hank Rhon creció a la
par del sexenio peñanietista pues para este 2017 se estima ya en mil 900
millones de dólares, producto de sus negocios financieros y de construcción,
cuya cartera de clientes se integra principalmente por los gobiernos.
En esa ocasión, frente a Peña Nieto,
Hank Rhon defendió el endeudamiento de las entidades públicas y aseguró que en
Interacciones, en 10 años (es decir, de 2004 a 2014), la cartera de créditos otorgados a
estados y municipios había crecido 17 veces, lo que representaba haber prestado
a gobiernos 61 mil millones de pesos. En los años siguientes, afirmó,
duplicarían esa cantidad.
Ante esa declaración, un día después,
el 7 de noviembre de 2014, Proceso presentó por medio de este reportero dos
solicitudes de información, una dirigida a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP) y otra a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Hank Rhon se quedó corto. Sólo la deuda de Coahuila
fue renegociada con Interacciones y es superior a 32 mil millones de pesos; en
tanto que otros 55 gobiernos adeudan a ese banco otros miles de millones que,
hasta noviembre de 2014, había registrado sus contratos ante la Unidad de
Coordinación con Entidades Federativas de la SHCP.
Más todavía.
En la sustanciación del recurso de revisión RDA/5415, la CNBV expuso entre sus alegatos –para no dar acceso a la información–
que sólo contaba con una “pequeña muestra” representativa de contratos de
Interacciones. Cuando el INAI apremió a dicha entidad para que indicara la
dimensión de su “pequeña muestra”, resultó que eran mil 498 líneas de crédito
representativas de 4 mil 344 contratos.
Este
semanario ha dado distintas batallas judiciales en defensa del derecho a la
información, un asunto inherente a su línea editorial desde su fundación en
1976. Cuando se aprobó el marco normativo de la transparencia, Proceso se
propuso abrir documentos y datos sobre asuntos emblemáticos de la historia
reciente.
Lo hizo con
la petición de acceso a la boletas electorales de las polémicas elecciones de
2006. No lo consiguió, pero sí logró abrir un expediente de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por vulneración de derechos al
semanario y sus integrantes pero que, gobierno y ómbudsman, pretendían mantener
en la opacidad.
Además, por
medio de sus reporteros, y colaboradores ha librado batallas por la
transparencia, como en el caso de Marcela Turati, quien consiguió que se
abriera la averiguación previa por la desaparición de los 43 normalistas de
Ayotzinapa, y de Jorge Carrasco, con el expediente de la masacre de Tlatlaya.
Excepto por
el caso Ayotzinapa –que se gestionó a través de un equipo independiente bajo
coordinación de Turati–, en el resto de los asuntos ha participado en la
representación del semanario el abogado Luis Miguel Cano, quien también asumió
los casos con Interacciones y Banorte, convertidos en una maraña que ha
retardado durante dos años y medio el acceso a la información.
El letargo
judicial.
Los juicios iniciados por
Interacciones en los juzgados Tercero y Quinto en Materia Administrativa,
asentados en la Ciudad de México, tienen por común denominador que la actuación
de los jueces no resuelve el fondo de los asuntos y prefieren entretenerse en
detalles procedimentales.
El
reportero, en tanto solicitante de la
información, pidió a los dos juzgados reconocimiento como tercero interesado, a
fin de alegar que la información es de carácter público, aspecto éste en el que
se ha insistido a jueces y magistrados.
Los amparos demandados por
Interacciones son contra la SHCP y la CNBV por no avisarles que había
solicitudes de información sobre esos contratos.
Como el INAI
instruyó la entrega de la información, el
banco de Hank Rhon se amparó interrumpiendo el procedimiento. Así que los dos
respectivos amparos fueron también contra el organismo garante de la
transparencia.
Además, Interacciones se amparó contra la Cámara
de Diputados y la de Senadores, por aprobar la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG); contra el presidente
de la República, por promulgarla; contra Gobernación, por publicarla en el
Diario Oficial de la Federación. La razón: que el Poder Judicial declare inconstitucionales 29 artículos de la
mencionada ley.
En síntesis,
lo que busca Interacciones es que se
declare inconstitucional la parte de mayor trascendencia de la LFTAIPG por la
eventual publicidad de los contratos que tiene con el gobierno, lo que sentaría
un precedente crítico para el acceso a otros contratos gubernamentales.
El asunto,
que hoy se encuentra en el terreno de la SCJN, fue turnado al Juzgado Quinto de
Distrito en Materia Administrativa, bajo el número 793/2015, que aceptó –en una ampliación de la demanda de
Interacciones– llamar como terceros interesados a 56 gobiernos estatales y
municipales. Con ello el proceso se aletargó hasta que se concedió en parte la
razón al banco.
La sentencia
fue impugnada por todas las autoridades contra las que se dirigió el amparo, es
decir, la SHCP, Gobernación, Presidencia de la República y el INAI; también por
el autor de esta nota en calidad de tercero interesado, e incluso por
Interacciones, cuyo reclamo es obtener un criterio concreto sobre la
constitucionalidad de la LFTAIPG.
El asunto
tocó al Primer Tribunal de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región en
la Ciudad de México, que resolvió el pasado 25 de abril. Dicho tribunal es
presidido por la magistrada Andrea Zambrana Castañeda, así como por los
magistrados Luis Fernando Angulo Jacobo, Georgina Valenzuela Martínez y el
ponente César Thomé González.
Por primera
vez, en los diferentes procesos constitucionales que se llevan en torno estos
casos, la instancia jurisdiccional determinó (en el recurso de revisión 176/2016)
que por sólo haber tesis aisladas
insuficientes y no haber jurisprudencia, es la SCJN la que debe pronunciarse y
dilucidar los diferentes motivos de reclamo tanto de Interacciones como de las
dependencias y entidades federales impugnadas, así como de este tercero
interesado.
En concreto,
se refirieron en su resolución a la necesidad de que se decida sobre la
constitucionalidad de la LFTAIPG, considerándolo el fondo del asunto.
La posición defendida por el abogado
Luis Miguel Cano se centra en el carácter público de la información que, al
comprometer recursos públicos, no puede reservarse. Además, los argumentos de
confidencialidad que Interacciones asegura pueden ser violados ya han sido resueltos en tesis aisladas por
la SCJN, por ejemplo, respecto a la constitucionalidad de que la ley proteja
datos personales sólo de personas físicas (Tesis: 2ª XCIX/2008), y ha
confirmado en otras dos tesis que la LFAIPG respeta el derecho de audiencia de
terceros interesados.
Otros casos
y manoseos.
La otra
entidad pública a la que se solicitó información en noviembre de 2014 es, como
ya se expuso, la CNBV que, por su parte,
reservó la información. Por ello se recurrió ante el INAI, que en mayo de 2015
instruyó la entrega de los contratos solicitados que estuvieran en su poder.
En ese caso,
un juez y un tribunal dieron la razón a Interacciones sobre el derecho de
audiencia, por lo que instruyeron al INAI a reponer la sustanciación del
recurso de revisión que dio origen a todo.
El organismo lo hizo, notificando del procedimiento a la dirección ofrecida en
juicio por Interacciones, que no compareció.
Así que, una
vez que el INAI reiteró lo que ya había resuelto, el banco interpuso otro amparo porque no fue notificado en su
domicilio. Así, desde enero de 2016 a la fecha, el asunto ha pasado del juzgado
al tribunal, al INAI y de regreso al juzgado y al tribunal. Ahora el INAI debe
resolver en unas semanas el asunto, con lo que se reiniciará el ciclo.
Por otra
parte, meses después de haberse iniciado la investigación periodística sobre el
banco de Hank Rhon, su hijo Carlos Hank González –nieto por vía materna del
extinto magnate regiomontano Roberto González Barrera – asumió la presidencia
de Banorte.
Fue entonces
cuando padre e hijo se convirtieron en los principales acreedores de la deuda
subnacional, por lo que Proceso decidió realizar solicitudes de información
para saber a qué gobiernos y en qué condiciones prestaron dinero.
La sorpresa fue que la Unidad de
Coordinación con Entidades Federativas de la SHCP pidió a Banorte, por escrito,
autorización para entregar la información, lo que se considera ilegal. El banco se amparó. La unidad está a cargo de Marcela Andrade
Martínez, quien antes de ingresar al servicio público fue empleada de Protego
Evercore, la empresa ahora multinacional de la que es accionista Pedro Aspe
Armella, quien estuvo al frente de la SHCP durante la gestión de Carlos
Salinas, y que ha negociado y reestructurado las deudas de estados y
municipios, en muchos de los casos precisamente con Interacciones y Banorte.
Sobre ese tercer amparo, un tribunal
ya se declaró incompetente por lo que también podría pasar a la SCJN.
En tanto,
Interacciones y Banorte avanzan en todo el país y, de haber concretado su plan
anunciado en 2014, Hank Rhon ya habría duplicado los montos colocados desde que
Proceso realizó las solicitudes de información.
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