El Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la determinación del Instituto
Nacional Electoral (INE) de desechar la queja por el presunto financiamiento de
la empresa OHL a la campaña de Alfredo del Mazo en la elección del Estado de
México.
En sesión
pública, los magistrados resolvieron las
impugnaciones que presentaron la organización Ahora y Morena en contra de la
resolución del Consejo General del INE de no investigar la supuesta
transferencia de un millón 600 mil pesos para favorecer a quien fuera el
candidato priista a la gubernatura del Estado de México, al considerar que no
existían elementos que acreditaran algún vínculo con el tema electoral.
La
magistrada presidenta Janine Otálora Malassis resaltó que el INE actuó en apego
a sus atribuciones y a la jurisprudencia 45 de 2016, en la que se establecen
los actos que el instituto puede llevar a cabo para determinar el desechamiento
de una queja.
Sin embargo,
precisó que, si bien el órgano
administrativo electoral resolvió que no es competente para investigar el caso,
esto no significa que no se realicen las indagatorias correspondientes, pues se
dio vista a otras instituciones para que revisen si se realizó algún desvío de
recursos.
“Esta
confirmación no quiere decir que se da por concluida la investigación de lo
denunciado. El INE dio las vistas y las
autoridades federales y locales deberán llevar las investigaciones en su
competencia para ver un supuesto desvío y posteriormente podrá verse si tiene
un impacto en el ámbito electoral”, precisó.
Por otra
parte, la Sala Superior decidió revocar las
resoluciones del INE en las que estableció diversas multas al PRI por
irregularidades en los informes de gastos de campaña, que ascendieron a un
global de 50.4 millones de pesos, de modo que el órgano electoral reponga los
procedimientos.
Destacó el
caso de lo que el INE consideró gastos no reportados por parte del tricolor
relacionados con espacios publicitarios en Facebook, respecto a lo cual los
magistrados determinaron que el instituto debe hacer una reposición del
procedimiento, pues la forma en la que fiscalizó los gastos no consideró el
reporte del partido que lo notificó la operación a través de terceros.
El magistrado Indalfer Infante
puntualizó que no hubo omisión en el reporte de gastos por parte del tricolor,
mientras que el magistrado José Luis Vargas advirtió deficiencias por parte del
INE, debido a que mientras sí requirió información directamente a Facebook, no
consideró los proveedores intermediarios.
Además, la magistrada presidenta señaló que los
requerimientos del INE no cumplieron con el requisito de certeza.
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