El 27 de enero de 2016, elementos de
la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), irrumpieron en un domicilio de
Tepatitlán de Morelos, Jalisco y, sin orden judicial de por medio, detuvieron,
torturaron y agredieron a cuatro personas y luego se llevaron a tres en una
camioneta. Mas tarde dos de ellas fueron encontradas muertas.
Por este caso, denunciado por el
padre de una de las víctimas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) emitió la Recomendación 54/2017, dirigida al secretario de la Defensa
Nacional (SEDENA), General Salvador Cienfuegos Zepeda.
La recomendación es por el cateo
ilegal en agravio de cuatro personas; la detención arbitraria, desaparición
forzada, tortura y violencia sexual de tres de ellas y la ejecución arbitraria
de dos, ocurridas en Tepatitlán de Morelos, Jalisco, y atribuibles a efectivos
adscritos al Tercer Batallón de la Brigada de Fusileros Paracaidistas.
Dicha
recomendación coincide con la aprobación en la Cámara de Diputados, el lunes
pasado, de la Ley de Seguridad Interior, que da sustento legal en las
intervenciones de persecución militar contra el crimen organizado, y que fue
duramente cuestionada por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos
(CIDH) y la propia CNDH.
De acuerdo con la investigación del
organismo nacional, al investigar los hechos acreditó violaciones a los
derechos humanos a la inviolabilidad del domicilio, integridad y seguridad
personal, a la libertad y a la vida.
Relató que, de acuerdo con el
testimonio del padre de una de las víctimas, el 27 de enero de 2016 personal
militar retuvo a su hijo, a su sobrino y a dos personas más al interior de su
domicilio, ubicado en el municipio mencionado.
El quejoso refirió que el personal militar le impidió
el acceso a su domicilio y permaneció afuera, escuchando que su hijo gritaba
que ya no lo golpearan.
Dos horas más tarde los militares
subieron a tres de los detenidos a la parte trasera de una camioneta y
aseguraron el vehículo de uno de ellos. Una cuarta persona fue dejada en
libertad.
El padre acudió a diferentes Agencias
del Ministerio Público local y federal, sin obtener información sobre el
paradero de sus familiares.
En el
auditorio público municipal “Miguel Hidalgo”, preguntó a elementos del Ejército Mexicano sobre el destino de las
personas detenidas. Le dijeron que no realizaron detención alguna y que sólo
habían asegurado un vehículo que tenía reporte de robo, por lo cual presentó la
denuncia de hechos correspondiente ante el agente del Ministerio Público en
Tepatitlán de Morelos.
Dos días después, personal de la
Fiscalía General del estado le informó que en un rancho ubicado sobre la
carretera Tepatitlán-Tototlán habían sido localizados los cuerpos de dos de los
detenidos y que el tercero había sido trasladado al Hospital Regional de ese
municipio para su atención médica, por las lesiones que presentaba.
La CNDH aseguró que del análisis de los testimonios
y las periciales realizadas por personal a su cargo logró acreditar que los
militares ingresaron de manera ilegal al domicilio referido pues no presentaron
la orden de cateo correspondiente. Además, aseguró que al interior del
domicilio las personas fueron víctimas de tortura y violencia sexual.
“Se constató que los afectados fueron
detenidos arbitrariamente sin contar con el mandamiento judicial respectivo
emitido por autoridad competente, por la probable comisión de un delito y sin
que se acreditara la flagrancia o la urgencia como causa legítima para llevar a
cabo dicho aseguramiento”, señaló el organismo.
Asimismo,
refirió que los militares omitieron
presentar a los detenidos de manera inmediata ante la autoridad y elaborar el
informe correspondiente, como lo establece la ley.
“Por el contrario, (los detenidos)
fueron golpeados, trasladados a varios lugares y, finalmente, conducidos a un
sitio deshabitado, donde fueron víctimas de malos tratos”, relató.
Según la
declaración de la víctima sobreviviente, los
militares también intentaron privarla de la vida al tratar de quebrarle el
cuello en diversas ocasiones, aplicándole una “llave china”. La víctima fue
testigo de que a las otras dos personas sí les torcieron el cuello; “por ello,
al adminicular las evidencias directas sobre el fallecimiento de las dos
víctimas, la CNDH concluyó que fueron privadas arbitrariamente de la vida por
elementos de la Sedena”.
La Comisión
dejó en claro que cualquier persona que cometa conductas delictivas debe ser
sujeta a proceso, para que sus actos sean sancionados dentro del marco del
derecho, pero “respetando en todo momento los derechos humanos consagrados en
las normatividades nacional e internacional.
“El combate
a la delincuencia es totalmente compatible con el respeto a la dignidad de las
personas, por lo que el personal de seguridad y las fuerzas armadas deben
actuar en todo momento con profesionalismo”, recalcó.
Y si bien el
organismo reconoció que la Sedena
realizó acciones de reparación del daño como entregar recursos económicos y
brindar atención médica a la víctima sobreviviente, así como atención
psicológica a sus familiares de las víctimas, recomendó al titular de la
institución, General Salvador Cienfuegos, “reparar integralmente el daño
ocasionado a las víctimas y a sus familiares”.
Pidió proporcionarles atención
médica, psicológica y tanatológica; inscribirlas en el Registro Nacional de
Víctimas y colaborar en las denuncias que la CNDH presente ante la Procuraduría
General de la República y el Órgano Interno de Control en la Sedena para la
investigación del caso.
También
impartir un curso de capacitación a personal castrense para prevenir y
proscribir la desaparición forzada, tortura, tratos crueles, detenciones
arbitrarias y cateos ilegales, así como elaborar o, en su caso, actualizar el
Protocolo para que se empleen cámaras fotográficas, de videograbación y
grabación de audio en todos los operativos militares.
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