Un juez federal y un tribunal
colegiado desecharon una demanda de amparo interpuesta por Carlos Lomelí
Bolaños, candidato a gobernador por Morena en Jalisco, con la cual el político
buscaba destruir una ficha signalética (o de antecedentes penales) que se le
inició en 2002, por el delito de portación de arma de fuego sin licencia.
De acuerdo
con los argumentos legales presentados por el abogado del candidato, Lomelí “solicitó la cancelación y destrucción del
documento de identificación administrativa o también conocida como ficha
signalética… en virtud de que todas las sanciones y obligaciones impuestas
dentro de la presente causa han sido cumplidas y/o extinguidas”.
Carlos Lomelí es un empresario y
político jalisciense señalado por Estados Unidos de contar con compañías que
presuntamente lavan o han lavado dinero para el narcotráfico. En 2008, su
empresa Lomedic fue ligada al grupo criminal de los hermanos Amezcua Contreras.
En 2012, dicha compañía fue retirada del listado de la Oficina de Control de
Activos Extranjeros en Norteamérica; en 2017, otro de sus compañías (en la que
también participa como socio el futbolista Rafael Márquez) fue boletinada nuevamente
por esa misma actividad.
Además, el 12 de septiembre de 2002 fue condenado
penalmente a 2 años de cárcel por el delito de portación de arma de fuego sin
licencia. El 10 octubre de ese mismo año, se acogió al beneficio de la condena
condicional. Fue hasta el 28 de marzo de 2007, que su sanción se declaró
extinguida. La ficha de antecedentes penales que se generó por ese hecho es
la que el candidato pretendía destruir a través de la demanda de amparo que se
le negó.
En el
recurso de revisión contra la sentencia del Juez que le negó el amparo, Carlos
Lomelí (a través de su abogado) le solicitó al Primer Tribunal Colegiado en
Materia Penal revertir la decisión del juez quinto de distrito de amparo en
Jalisco, bajo el argumento de que aun cuando se le había negado la protección
federal “en virtud de considerar que la identificación administrativa (ficha
signalética) no es una pena sino sólo una medida… que no afecta de modo alguno
la esfera jurídica del suscrito”, en la práctica eso era “una apreciación
errónea… porque si bien la identificación administrativa no es técnicamente una
pena, produce el mismo impacto que una pena privativa de derechos”.
Recordó que diversos ministros de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han acogido en votos particulares
esa opinión, “fundamentando… en que la ficha administrativa es innegable que
tiene un efecto estigmatizante, dado que, quien es identificado queda
inhabilitado, de hecho, para cargos privados y se convierte en un ciudadano de
segundo orden”.
No sólo eso.
Dijo que en el caso de quien ha cometido un delito y ha sido condenado por
ello, “cabe la posibilidad de que, por las circunstancias de tiempo, modo y
lugar de ejecución de ilícitos, se pudiera contribuir de manera importante para
desvirtuar esa presunción”, de allí que la defensa del candidato solicitara un
amparo que les permitiera destruir y desaparecer la ficha de antecedentes, y
así evitar “un efecto estigmatizante”.
“La falta cometida por un individuo
en algún tiempo de su vida, no lo define ni lo marca para siempre, ni hace que
su conducta sea cuestionable por el resto de su vida”, expuso la defensa a favor de su
cliente.
Como
respuesta al recurso de revisión de Lomelí, los magistrados del Primer Tribunal
Colegiado expusieron, entre otras cosas,
que por tratarse de “un hecho cierto que culminó con una sentencia firme en la
que se le condenó por un delito de portación de arma de fuego sin licencia”, no
había argumentos legales para otorgarle la razón al candidato de Jalisco,
desechando su recurso de revisión y negándole la posibilidad de ampararse.
No hay
impedimento para ser candidato.
Animal
Político entrevistó por separado a dos especialistas en derecho, uno electoral
y otro constitucionalista, quienes coincidieron
en señalar que Carlos Lomelí no tiene ningún tipo de impedimento legal para
compartir por la gubernatura de Jalisco, pues lo que le negaron fue la
posibilidad de ampararse para destruir la ficha signalética por la comisión de
un delito ya juzgado.
“Tendría que estar vigente el proceso
penal en su contra, pero aquí estamos frente a un caso que ya fue juzgado”, explicó Roberto Duque, especialista
en derecho electoral y académico de la UNAM.
Ricardo
Peralta, maestro en materia penal y en temas anticorrupción, dijo por su parte
que resulta evidente que con este amparo
lo que se pretendía era destruir un documento que en el proceso electoral que
se vive pudiera generar un estigma al candidato, pero que de ninguna manera le
impide competir por un cargo de elección popular.
Animal
Político buscó al candidato Carlos Lomelí Bolaños para hablar sobre la negativa
a su demanda de amparo, pero hasta el cierre de la edición no se había atendido
la petición del medio.
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