“Se merece la violencia porque parece
un hombre”, se lee en la sentencia que un juez de Campeche emitió por violencia
de género en contra de una mujer. “Como es una persona que no sabe qué es
normal y qué no, no podemos decir que se tratara de una violación”, aporta un
juez de Yucatán en sentencia por doble agresión sexual contra una mujer
indígena con discapacidad. “Hubo exceso de legítima defensa”, asevera un juez
de Ciudad de México en sentencia por violación a una mujer que durante el
ataque alcanzó a herir a su agresor.
Estas resoluciones judiciales forman
parte de una lista que ha logrado recabar la organización EQUIS Justicia para
las Mujeres en sentencias de jueces, a las que ha tenido acceso a través del trabajo colaborativo
con organizaciones locales que llevan los litigios.
Las tres pueden ser ejemplo de lo que
ocurre a la hora de impartir justicia a nivel nacional. O no. Esto
no se sabe porque los poderes judiciales de las entidades federativas se han
escudado en el argumento del “interés público” para afirmar que ninguna de las
sentencias lo es y así violar el derecho de acceso a la información, explica la
organización.
Por esa
razón, el pasado viernes 23 de marzo, un colectivo integrado por EQUIS Justicia
para la Mujeres (EQUIS), Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI),
México Evalúa, Borde Político, Artículo 19, Participando por México, Controla
tu Gobierno y Fundar interpusieron un
juicio de amparo en contra de los 46 jueces y magistrados de los municipios de
Zacatecas y Fresnillo, así como contra otras autoridades incluido el
gobernador, el magistrado presidente y el titular de la Unidad de Transparencia
de la entidad, por no cumplir con su obligación de hacer públicas en el Portal
Nacional de Transparencia las sentencias que han emitido.
Las OSC decidieron empezar con este estado porque
forma parte de un grupo de entidades que desde hace dos años no publican una
sola sentencia. Y escogieron solo dos municipios “para que (no salgan) con el
argumento de que necesitan notificar al juez de Sombrerete, Zacatecas, y se
tomen más tiempo. Una vez avanzado el litigio, se promoverá la demanda en
contra del resto de los jueces (105 en total en la entidad)”, explica
Gerardo Carrasco de MCCI.
La importancia de que estas
disposiciones sean públicas quedó demostrada con el caso del llamado juez
“Porky”, dice
Carrasco. “Si se pudo saber de eso, es
porque el Poder Judicial de la Federación sí cumple con la obligación de
publicar sentencias, por eso se supo lo que estaba pasando en ese juzgado y el
juez no tuvo de otra más que intentar mejorar su actuar, por el escrutinio de
la sociedad. Lo que queremos es que en Zacatecas se haga esto y replicar la
estrategia en los demás estados”.
Apenas es el
inicio.
Zacatecas no es el único estado que no ha hecho
pública ninguna sentencia en dos años. A la lista se suman Aguascalientes,
Guanajuato, Nayarit, Querétaro, Colima, San Luis Potosí, Tamaulipas, Veracruz y
Campeche. Hay, además, otros estados donde los Poderes Judiciales tienen menos
de 50 sentencias publicadas. En el periodo de 2015 a 2017, el Poder Judicial de
Yucatán solo publicó 30, el de Puebla 11 y el de Chiapas dos.
El problema radica en que los poderes
judiciales de las entidades han usado un tecnicismo para no cumplir con su
obligación de hacer públicas las sentencias, explican los denunciantes. En 2015, una reforma a la
Ley General de Acceso a la Información Pública (LGTAIP) introdujo la consideración de hacer públicas sólo aquellas sentencias
de “interés público”, pero no definieron el término. Así, tal concepto quedó
sujeto al criterio de los poderes judiciales para decidir qué sentencia es de
interés público y cual no.
Esta opacidad no permite evaluar la
forma en que se hace justicia, advierten los denunciantes. “Si la sociedad no tiene acceso a las sentencias, no es posible evitar
que se emitan sentencias discriminatorias, ni se pueden detectar actos de
corrupción pues la labor de este Poder se encuentra al margen del escrutinio
ciudadano. La publicación de las sentencias es una herramienta que también
permite evaluar si las capacitaciones en los Poderes Judiciales Locales, en las
que se han invertido cerca de 596 millones de pesos en los últimos 10 años,
realmente están teniendo un impacto positivo”.
Este hecho ya fue reconocido por el
Juzgado Tercero Civil de Zacatecas, que en un informe justificado del pasado 3
de abril, dos semanas después de interpuesto el juicio de amparo, respondió que
“es cierto el acto reclamado. Esta autoridad no ha elaborado versiones públicas
de sentencias de interés público emitidas por este juzgado, a fin de que fueran
puestas a disposición del público, ni ha puesto a disposición del público las
sentencias de interés público emitidas por este órgano jurisdiccional”.
Aunque la
mayoría de las entidades no publica todas las sentencias, las OSC demandantes eligieron a Zacatecas por su nivel de
opacidad, su cercanía con Ciudad de México y su número de jueces. “Evaluamos una combinación de factores: en
Zacatecas tenemos contactos y capacidad para llegar a través de las
organizaciones involucradas. Pero no va a ser el único estado, vamos a seguir”,
señala Ana Pecova, de EQUIS Justicia para las Mujeres.
Los siguientes pasos de este litigio
estratégico dependerán de los resultados. “En contra de lo que esperábamos
-porque luego los jueces de distrito prefieren lavarse las manos y dejar que
resuelva un tribunal colegiado- el Juez Primero de Distrito en el Estado de Zacatecas, Iván Ojeda Romo, admitió la demanda.
Tenemos confianza, es buena noticia que sin haberle temblado la mano, como a
otros, la haya admitido, esto es una buena señal, ya seguiremos aportando
pruebas e información para que se conceda el amparo de la justicia federal”,
afirma Carrasco.
“Quizá esto genera el debate que
queremos provocar y el poder judicial recapitula. Quizá éste sea el precedente
que estábamos buscando y no va a ser necesario seguir con ningún otro estado,
pero si no es así, seguiremos”, considera por su parte Pecova.
Entre los
objetivos del colectivo se encuentra sentar jurisprudencia y que se defina el
término interés público para frenar el retroceso que significó la reforma a la
Ley General de Acceso a la Información Pública. “El contenido que buscamos que se le dé a este concepto es que todas
las sentencias son de interés público, porque todas sirven para monitorear cómo
se imparte la justicia, que, además, es un servicio público. El poder judicial
debe mostrar en qué consiste su trabajo”, puntualiza Pecova.
Por lo pronto, EQUIS Justicia prepara
una campaña para emitir postales con las resoluciones discriminatorias que ha
logrado recabar en las sentencias de jueces de todo el país, para que se
conozca el tipo de lenguaje que utilizan “y todo lo que nos estamos perdiendo
porque nos bloquean el acceso a las sentencias”, señala Pecova.
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