La decisión del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es incongruente, debilita el
funcionamiento del sistema democrático, la certeza y la confianza ciudadana en
las elecciones.
Estos fueron sólo algunos de los
calificativos de los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) durante
la sesión urgente de su Consejo General en el que, a pesar de las protestas,
acataron la imposición del Tribunal para incluir a Jaime Rodríguez Calderón,
“El Bronco”, en la boleta presidencial del 1 de julio.
Durante su
intervención inicial, el consejero Benito
Nacif, titular de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, que
tuvo a su cargo la fiscalización de las firmas de los aspirantes a una
candidatura independiente, refutó la resolución del Tribunal Electoral, que se
basó en una presunta violación de la garantía de audiencia de “El Bronco” para
hacer el recuento de sus apoyos invalidados durante la etapa preliminar del
proceso.
“Desde mi perspectiva, la determinación
(del TEPJF) no abona a la certeza respecto a la forma en que las autoridades
electorales resuelven asuntos que guardan gran similitud y en los cuales se
encuentran inmersos el ejercicio de derechos y la salvaguarda de principios
constitucionales.
“Todos los aspirantes tuvieron acceso
de forma permanente a un portal de Web en el que pudieron conocer los apoyos
ciudadanos recibidos, así como el estatus registral de cada uno de ellos, por
lo que en todo momento tuvieron los elementos necesarios para manifestar lo que
a su derecho conviniera”, inició.
Nacif detalló que el equipo de “El Bronco”
solicitó 12 audiencias, mismas que se le concedieron, donde tuvo la oportunidad
de revisar la totalidad de las firmas catalogadas como inconsistentes. Sin embargo,
según el consejero, sus representantes decidieron revisar solamente una
fracción.
Después documentó que, durante la audiencia
celebrada el 11 de enero, el representante de Rodríguez Calderón descartó
revisar las firmas obtenidas a partir de fotocopias, uno de los argumentos que
el Tribunal consideró para resolver que el derecho de garantía de audiencia no
se había cumplido a cabalidad.
En la séptima audiencia, celebrada el
23 de enero, el equipo del aspirante se declaró “satisfecho”, porque por primera
vez entre los registros por revisar no se incluyeron aquellos catalogados como
“Fotocopia de la Credencial para Votar”.
“Estamos ante dos maneras de juzgar.
Desde mi perspectiva, por esta razón la sentencia que hoy acatamos resulta
incongruente con los precedentes”, sentenció Benito Nacif.
Por su
parte, la consejera Pamela San Martín se
dijo convencida de que el aspirante tuvo a su disposición, en todo tiempo, los
medios jurídicos que aseguraban el ejercicio de su derecho de audiencia.
Pero puso énfasis en señalar la gravedad de que,
más allá de ese punto, el Tribunal Electoral haya decidido otorgar la
candidatura al neoleonés sin que acreditara los requisitos exigidos por la ley.
“No coincido
en que, basados en una presunta violación a la garantía de audiencia, la
mayoría de la Sala Superior hoy determine eximir del cumplimiento de requisitos
a un aspirante. La mayoría de los
magistrados de la Sala Superior obvia el incumplimiento en los procedimientos,
las reglas y las formas previamente establecidos.”, dijo.
Y remató: “Un tratamiento desigual no abona y estoy
convencida que sí debilita el funcionamiento del sistema democrático y de la
confianza ciudadana en las elecciones”.
San Martín
retomó una resolución previa del propio Tribunal que dilapidaría su sentencia.
Citó a la Sala Superior del TEPJF: “Si
no existe certeza en cuanto a la legitimidad de las postulaciones que
participarán en un procedimiento electoral, ello puede trascender a la
legitimidad de los resultados”, terminó la mención.
Finalmente,
entre una cascada de señalamientos que confrontaron al INE con el Tribunal, fue el consejero Murayama uno de los más
frontales. Además de señalar errores “elementales” en la resolución del
Tribunal, cuestionó que ignoraran irregularidades como las firmas que el equipo
de “El Bronco” intentó registrar con datos de siete mil ciudadanos muertos,
entre otras.
“¿Había que revisar si habían
resucitado? O aquellos cuyos nombres nunca han estado en el padrón: ¿Querían
que acreditáramos a quien nunca ha tramitado una credencial? ¿O ver si los más
de 260 mil registros duplicados, con mismo nombre y misma clave de elector se
habían convertido en personas diferentes? Aun así, nos pudieron ordenar revisar
esas inconsistencias. En cambio, se infirió que, entre fallecidos, personas
jamás registradas en el padrón y personas repetidas tal vez se podrían
encontrar 16 mil 656 firmas”, para que “El Bronco” pudiera alcanzar el umbral
previsto en la ley, lamentó
Murayama.
Y concluyó: “Esas firmas le siguen faltando (para
cumplir el apoyo requerido por la ley), pero para el Tribunal esto no importa”.
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