México omite el reporte de decenas de
sustancias contaminantes producidas por la industria minera, a diferencia de
Canadá y Estados Unidos. En 2013, por ejemplo, el sector
minero informó a las autoridades mexicanas que únicamente emitió ocho tóxicos
al medio ambiente, mientras tanto EU declaró 59 y Canadá un total de 63,
reveló la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) en su informe “En
balance: emisiones y transferencias de contaminantes en América del Norte”.
El reporte de 162 páginas compila
datos oficiales de cada una de las tres naciones hasta el 2013 y destaca que
Estados Unidos y Canadá abarcan un número mucho más elevado de contaminantes
que los registrados en México, debido a la
permisividad o tolerancia excesiva de las autoridades del país con las
compañías mineras, tanto las nacionales como las extranjeras, especialmente con
las de origen canadiense.
El estudio
se basó en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC),
para el territorio nacional; en el Inventario Nacional de Emisiones de
Contaminantes (NPRI), en el caso de Canadá y en el Inventario de Emisiones
Tóxicas (TRI) para Estados Unidos.
Las
características de los registros de emisiones y transferencias de contaminantes
de América del Norte varían de país a país.
–El RECT de México, que no es
actualizado desde 2015, considera 104 contaminantes y toma en cuenta las minas
de minerales metálicos (sólo beneficio); caleras y cementeras; todos los
establecimientos que emiten contaminantes a aguas de jurisdicción federal;
además de actividades con manejo de residuos peligrosos.
–El NPRI de Canadá estima tres veces
más contaminantes que la República Mexicana, con lo que suma 346 en total, además considera la totalidad de las
instalaciones y actividades mineras, salvo explotaciones de superficie y
canteras con producción inferior a 500 mil toneladas.
–El TRI de Estados Unidos valora seis
veces más que México, es decir, 675 contaminantes. Por si fuera poco, tiene en cuenta
minas de carbón; minas de minerales metálicos (excepto las de mineral
ferruginoso y de uranio); además de minas de minerales no metálicos (sólo
beneficio).
En 2013, las minas inventariaron
emisiones y transferencias de 79 sustancias y únicamente 15 de ellas coinciden
en las plataformas de los tres países. Además, sólo 7 de los
25 contaminantes con más registros del sector causantes de más de 99 por ciento
de las emisiones y transferencias de las minas concordaron en América del
Norte: plomo, arsénico, níquel, cromo, cadmio, cianuros y mercurio.
“En Canadá y Estados Unidos es
obligatorio —NO ASÍ EN MÉXICO— presentar registros de zinc, manganeso y cobre (y sus respectivos
compuestos), todos ellos comúnmente emitidos o transferidos por minas de
minerales metálicos. El fósforo total sólo se declara en Canadá, en tanto que
el bario se declara sólo en Estados Unidos”, se lee.
Ante este
panorama, el doctor Rodolfo García Zamora, académico de la Universidad Autónoma
de Zacatecas (UAZ), aseguró que el
Gobierno de México es “totalmente omiso” a las graves consecuencias de contaminación
de la tierra, el agua y el aire que provoca la minería.
“Hay ausencia, opacidad y complicidad
de las dependencias federales. Por un lado, hay liberalidad de la Secretaría de
Economía para otorgar el territorio nacional destinado a exploración y
explotación de la minería. Por el otro existe omisión y complicidad de la
Profepa [Procuraduría Federal de Protección al Ambiente] y la Semarnat
[Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales], pues por los resultados
parece que están totalmente subordinadas a las directrices de las grandes
corporaciones mineras”, criticó.
NORMATIVIDADES
MANIPULADAS.
Las
principales leyes federales que regulan la contaminación generada por el sector
minero en Canadá, de acuerdo con el informe, son 5 : las leyes canadienses de Evaluación Ambiental y la de
Protección Ambiental, la Ley de Pesca, la Ley del Transporte de Bienes
Peligrosos y la Ley de Seguridad y Control Nuclear.
En Estados
Unidos son 7 las leyes federales que
regulan la contaminación generada por el sector minero: las leyes Nacional
sobre Política Ambiental, la de Aire Limpio, la de Agua Limpia, sobre
Conservación y Recuperación de Recursos, de Control de Sustancias Tóxicas,
Integral de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambientales, y de Control
de la Minería de Superficie y Recuperación.
En el caso de México, el análisis
incluye 4 principales leyes federales que regulan la contaminación generada por
el sector minero: Ley Minera, Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA), Ley General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos, además de la Ley de Aguas Nacionales. Asimismo,
cuenta con seis Normas Oficiales Mexicanas (NOM) relativas a dicho sector.
En ese
sentido, el doctor García Zamora consideró
que en territorio nacional las normativas en términos ambientales “son buenas”
sólo en la redacción pero, recriminó, “casi nunca se cumplen “o son
“manipuladas” al servicio de las corporaciones.
El
especialista recordó que durante el
Gobierno de Carlos Salinas de Gortari, en el Artículo Sexto de la Ley Minera,
dicha actividad extractiva comenzó a ser considerada como preponderante sobre
cualquier otra.
En el mismo
tenor, el maestro Eduardo Torres Alonso, miembro del Seminario Universitario de
Estudios sobre Sociedad, Instituciones y Recursos de la Universidad Nacional
Autónoma de México (UNAM), expuso que la
normatividad en México es más laxa que en el resto de América del Norte y eso
lo convierte en un país “atractivo” para la inversión extranjera. Para muestra,
dijo, un botón: De 290 mineras en México, 211 son de capital canadiense.
La falta de registro acarrea
consecuencias importantes, afirmó. Entre ellas, no existen
elementos para comparar al país con México y Estados Unidos. Además, se reducen
las posibilidades de elaborar políticas con amplio espectro, que contemplen el
medio ambiente y la salud pública, por ejemplo.
“Hay una visión economicista de la
actividad, en donde no se considera el elemento humano vinculado a la calidad
de vida de las poblaciones cercanas a las industrias mineras y a la calidad del
medio ambiente “,
dijo en entrevista para SinEmbargo.
Al respecto,
el académico de la UAZ destacó: Es mayor
la impunidad con que operan las grandes mineras en México, a diferencia de cómo
están operando en los otros países donde hay mayor grado de exigencia, de
vigilancia y de cumplimiento por parte de las dependencias gubernamentales.
Nuestro país es atractivo porque ha
regalado el territorio. Hay impunidad total para destruir, depredar, llevarse
la riqueza, sin ninguna sanción y ninguna exigencia.
Las consecuencias, dijo, se notan en
los más de 800 conflictos socioambientales, resultado del funcionamiento de la
mega-minería, especialmente la que es a cielo abierto. También en problemáticas
serias de salud en las comunidades en donde se ejecuta la actividad.
“No hay lugar donde se realice la
actividad sin que existan graves problemas de salud comunitaria a lo largo y
ancho del país. Eso es resultado de la impunidad con la que operan las grandes
corporaciones”,
agregó.
Por lo
anterior, el académico Torres Alonso sugirió
a las autoridades mexicanas ampliar el catálogo de elementos por reportar, de
cien pasar a los más de 300 con que cuenta Canadá y después fijar metas más
ambiciosas con miras a igualar a los 675 criterios que reporta Estados Unidos.
Asimismo, planteó la urgencia de contar con este tipo de documentos en lapsos
de tiempo menores, pues el informe recién presentado contiene datos de hace un
lustro.
“Los datos que arroja este informe
son de hace cinco años, así que esta administración ya no puede hacer nada. El
próximo informe tampoco va a ser inmediato, lo que hace que la próxima
administración se enfrente a lo mismo”, manifestó.

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