La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) reiteró en un comunicado que le toca a la Agencia de
Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) atender la posible afectación al ambiente
marino ocasionada por las embarcaciones Barcaza DLB-801, Caballo Azteca,
Caballo de Trabajo, Endeavour y Titán II, varadas en Campeche,
De acuerdo
al Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(Semarnat), modificado el 31 de octubre de 2014 mediante la publicación en el Diario
Oficial de la Federación (DOF), en el que se adiciona el Artículo 45 Bis.
Dicho artículo establece expresamente
que la Profepa no tiene atribuciones en actividades del “sector hidrocarburos”,
y especifica:
“Corresponde a la agencia, en
términos de su reglamento interior, la realización de todos los actos y
procedimientos administrativos de verificación, inspección, vigilancia y
sanción y todos los demás previstos en el presente capítulo, que correspondan a
dicho sector”.
Es decir, la ASEA debe emitir las medidas técnicas
necesarias para evitar daños graves al ambiente marino como los que
presuntamente ocasionarán las embarcaciones mencionadas, que transportan
hidrocarburos para la empresa Oceanografía, S.A. de C.V.
El
comunicado de Profepa reitera que dicha
empresa brindó servicios a Pemex y por lo tanto se encuentra dentro de las
actividades del sector hidrocarburos y es reguladas por la Ley de la ASEA.
A partir del
2 de marzo de 2015 la ASEA entró en funciones para regular y supervisar el
sector hidrocarburos en materias de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y
Protección al Medio Ambiente.
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