El Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación multó con 16 mil 120 pesos a Ricardo Anaya Cortés por haber calumniado
al empresario José María Riobóo Martín durante el tercer debate presidencial y
en un acto de campaña.
En un
comunicado se informó que el pleno de la
Sala Superior confirmó, por unanimidad de votos, la resolución emitida por la
Sala Regional Especializada en el expediente SRE-PSC-219/2018.
Ahí se calificó de “propaganda
calumniosa” las expresiones en contra de Riobóo formuladas por el candidato
presidencial del Partido Acción Nacional (PAN) durante el tercer debate y en un
evento público realizado en el Cerro de la Estrella el pasado 16 de junio.
Durante el
tercer debate, Anaya acusó que cuando
Andrés Manuel López Obrador fue jefe de Gobierno del Distrito Federal se le
otorgaron contratos a Riobóo sin licitación por 170 millones de pesos.
La Sala
Regional consideró que las declaraciones
de Anaya tuvieron la intención de generar la idea de que existía una relación
de corrupción derivada de la colaboración profesional entre Andrés Manuel López
Obrador y Riobóo Martín, respecto a la construcción de obras pasadas y del
nuevo aeropuerto de la Ciudad de México.
En contra de
esa resolución, Anaya Cortés presentó
una impugnación, en la cual alegó que sus declaraciones no eran propaganda
calumniosa –pues no mencionó algún acto, hecho o delito falso relacionado con
Riobóo– y que están protegidas por la libertad de expresión.
En su
resolución, la Sala Superior avaló la
determinación de la Sala Regional. “No se trató de expresiones aisladas o ideas
asistemáticas, sino de un conjunto de expresiones en las que el actor generó
intencionalmente, la idea de que un sujeto privado era un corrupto”, expuso
en relación con las declaraciones de Anaya.
Los magistrados plantearon que este
tipo de manifestaciones no están amparadas por la libertad de expresión. “De
manera indiscriminada uno o varios candidatos presidenciales pueden aprovechar
un foro como el que supone un debate presidencial para generar dicha imagen de
manera sistemática e intencional”, expusieron.
“Así, al advertirse la existencia de
expresiones calumniosas en el caso concreto, la Sala Superior confirmó la
sentencia y, en consecuencia, la multa impuesta a Ricardo Anaya Cortés, por
doscientas 200 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), equivalentes a
$16,120.00”, concluye
el comunicado.
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