Este
miércoles, el grupo parlamentario de
Morena presentó una iniciativa ante la Comisión Permanente del Congreso de la
Unión para castigar con suspensiones de hasta 15 años a los permisionarios que participen
en el robo de combustible
De acuerdo
con un comunicado, la iniciativa plantea
que cualquier persona que transporte combustible deberá probar que es inocente
del delito de robo de hidrocarburos, demostrando su posesión legal.
En este
sentido, “se propone modificar el texto
de la Ley a efecto de que cuando exista la presunción de que un permisionario,
franquiciatario, asignatario, contratista, o distribuidor de hidrocarburos haya
participado en la comisión de alguno de los delitos mencionados, las
autoridades federales en materia de investigación y el Poder Judicial de la
Federación puedan solicitar a la Comisión Reguladora de Energía la suspensión
de los efectos jurídicos del permiso o, en su caso, la suspensión del
procedimiento administrativo que se haya iniciado para su otorgamiento”.
Tras recibir la solicitud, indica el
documento, la CRE “deberá emitir la suspensión de los efectos de los permisos o
la suspensión del procedimiento de otorgamiento del mismo hasta en tanto la
autoridad jurisdiccional o investigadora solicite el levantamiento de dicha
suspensión”.
Posteriormente,
la CRE deberá publicar en su página
oficial y en el Diario Oficial de la Federación el listado de aquellas personas
físicas o morales cuyos permisos o procedimientos administrativos hayan sido
objeto de suspensión por determinación del Ministerio Público Federal o del
Poder Judicial de la Federación.
Además, propone establecer como parte de la
sentencia condenatoria dictada al término del procedimiento penal jurisdiccional,
la prohibición para realizar las actividades reguladas por la Ley de
Hidrocarburos por un plazo máximo de 15 años, previa evaluación de la gravedad
del delito cometido, como una medida sancionadora adicional a las que establece
el primer párrafo del artículo 422 del Código Nacional de Procedimientos
Penales.
“Si el responsable es
franquiciatario, asignatario, contratista, permisionario o distribuidor, además
de las penas señaladas en la presente Ley, se le impondrá como sanción el
decomiso de activos, la revocación del permiso respectivo, la suspensión del derecho
a solicitar un nuevo permiso para la realización de la actividad permisionada
objeto de la sanción hasta por un plazo de 15 años y, en su caso, la disolución
y la liquidación de la sociedad.
“Si el sujeto activo no es
franquiciatario, asignatario, contratista, permisionario o distribuidor, además
de las penas señaladas en la presente Ley, se le impondrá como sanción la
suspensión del derecho a solicitar un permiso para la realización de la
actividad permisionada objeto de la sanción hasta por un plazo de 15 años.
“La suspensión de derechos prevista
en el presente artículo, podrá hacerse extensiva a los socios o accionistas del
franquiciatario, asignatario, contratista, permisionario o distribuidor
condenado”,
establece el artículo 21 propuesto por los legisladores.
Por otra parte, los morenistas
plantean hacer obligatorio el “uso de sistemas de geo posicionamiento (GPS) en
todas las unidades vehiculares utilizadas para el desarrollo de actividades en
materia de hidrocarburos con la finalidad de dotar a la autoridad competente de
instrumentos materiales y jurídicos eficaces para la adecuada supervisión y
control de las actividades de distribución y transporte de hidrocarburos y
petrolíferos”.
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