Por Pedro
Zamora Briseño.
En los años 2013 y 2014 Petróleos
Mexicanos (Pemex) donó al gobierno de esta entidad 130 mil 200 litros de
gasolina magna, 118 mil litros de diésel y tres mil 400 toneladas de asfalto,
conforme a los acuerdos DCA/4233/2013 y DG/CE/100/2014, por un monto
equivalente a 38 millones 510 mil 107 pesos.
De acuerdo
con una investigación del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización
Gubernamental (Osafig), el combustible
fue recibido en la Estación de Servicios Pereyra S.A. de C.V. y Servicio
Comercial del Centro S.A. de C.V., cuyas socias son Rosa Elena Rodríguez Pérez,
Rosa Anaid Gutiérrez Rodríguez y Karla Janette Gutiérrez Rodríguez, esposa e
hijas del entonces secretario de Desarrollo Económico y posterior secretario
general de Gobierno, Rafael Gutiérrez Villalobos.
En su
informe, que formó parte de la “Auditoría de Revisión de Situación Excepcional,
EXCEPCIÓN/01/2015 al Poder Ejecutivo del Estado de los años 2013, 2014 y al 31
de agosto de 2015”, el Osafig señaló
haber detectado en el manejo de los productos donados presuntas irregularidades
que no fueron desvirtuadas por el ente auditado, que “no formuló
argumentaciones ni presentó documentación suficiente, competente, pertinente y
relevante”.
Entre las anomalías reportadas por el
organismo fiscalizador se encuentran “la falta de un registro contable de las
donaciones de diésel y asfalto recibidas por parte de Pemex” y no haber
realizado “un procedimiento eficaz, eficiente, económico, imparcial y
transparente para la designación de las empresas que custodiaron y
suministraron el combustible en nombre del Gobierno del Estado de Colima”.
Asimismo,
según el Osafig, no hubo control por
medio de bitácoras de suministro de combustible para verificar que éste se haya
aplicado en vehículos del Gobierno estatal, y aunque a Pemex se le informó que
fue destinado a automotores de las Secretarías de Desarrollo Social y
Desarrollo Urbano, así como de la Policía Estatal, el Osafig indicó que no hay
reportes de consumo en esas dependencias.
Otra
irregularidad exhibida por el organismo fue
la falta de un convenio con las empresas que recibieron la gasolina y el
diésel, donde se precisen las condiciones pactadas para la recepción, custodia,
suministro, acreditación y costo del servicio de suministro del combustible.
Por otra
parte, añadió, “no se exhiben pagos
efectuados por concepto de flete de 3 mil 400 toneladas de asfalto” y “no se
acredita que el asfalto AC-20 recibido y resguardado por exfuncionarios del
Gobierno del Estado se haya aplicado en las obras manifestadas en la
comprobación ante Pemex”.
El 21 de
octubre de 2016, mediante el oficio 742/2016, el titular del Osafig turnó el informe de resultados de la auditoría a
la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos
del Congreso del Estado, con la propuesta de imponer por ese asunto al
exgobernador Mario Anguiano Moreno una sanción económica resarcitoria de 38
millones 570 mil 170 pesos y la inhabilitación para ocupar puestos públicos
durante 14 años.
En el caso de Carlos Arias Guillen,
exdirector general de Desarrollo Urbano, fue propuesta una sanción
administrativa consistente en inhabilitación para ocupar un puesto público por
tres años, misma sanción planteada para Rafael Gutiérrez Villalobos, este
último por omitir abstenerse de participar con las empresas gasolineras
propiedad de sus familiares en la recepción y custodia de las donaciones
efectuadas por Pemex, además de una sanción económica solidaria por siete
millones 406 mil 798 pesos por la recepción y custodia de combustible donado
sin acreditarse la ejecución de éste por parte del Gobierno del Estado.
Poco más de
un año después, el 24 de octubre de
2017, el dictamen fue presentado al pleno del Congreso, que declaró concluido
el proceso de la auditoría excepcional “con observaciones en materia de responsabilidades”,
determinó “las acciones de presunta responsabilidad administrativa de los
servidores públicos que incurrieron en los actos u omisiones observados” por el
Osafig y aprobó turnar el asunto a la Comisión de Responsabilidades para la
instauración del juicio político correspondiente.
Exonerado
por prescripción.
Transcurrieron más de nueve meses
para que esa comisión, de manera interna, emitiera su resolutivo el 2 de agosto
de 2018 mediante el que desestimó los argumentos y pruebas del Osafig y exoneró
a los tres exfuncionarios del asunto de los combustibles y el asfalto.
Integrada
por los entonces diputados panistas
Riult Rivera Gutiérrez, Miguel Alejandro García Rivera y Julia Licet Jiménez
Angulo, así como los priistas Octavio Tintos Trujillo y Santiago Chávez Chávez,
la Comisión de Responsabilidades aceptó que el combustible donado por Pemex fue
recibido para su resguardo en las empresas gasolineras de la familia del
exfuncionario estatal.
Ante la propuesta de inhabilitación a
Gutiérrez Villalobos por no haberse abstenido de participar con las empresas
familiares en la recepción y custodia del combustible, los legisladores
invocaron la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para decidir
no analizar ese punto, al determinar que esa sanción ya estaba prescrita antes
de llegar al conocimiento de esa Comisión.
Posteriormente indicaron que en la
solicitud de las donaciones se informó a Pemex la infraestructura en la que se
depositarían los productos, “propiedad de dos empresas que al momento contaban
con las instalaciones adecuadas a efecto de resguardar y suministrar
debidamente los bienes donados”.
Sobre el
planteamiento de sanción económica, los
legisladores señalaron que los recursos donados son de procedencia federal, por
lo que el Osafig “no es autoridad competente para fiscalizarlos y mucho menos
para proponer sanciones por la utilización de los mismos”.
En su
resolución, la Comisión de
Responsabilidades aseguró que “de las constancias no se desprende que hubieren
mal utilizado o usufructuado los bienes, es decir, haber obtenido un lucro con
su aprovechamiento, sino que lo que se encuentra documentado debidamente es la
forma en que fue utilizado, dejando constancia documental de ello”.
En suma, concluyeron los diputados, “no hay sustento
en los planteamientos formulados por el Osafig, resultando improcedente la
imposición de sanciones propuestas de carácter resarcitoria ni de
inhabilitación, ya que no hay evidencias de haber hecho los malos manejos
manifestados por la fiscalizadora”.
En
consecuencia, sin presentar el
resolutivo ante el pleno del Congreso ni darlo a conocer públicamente, la
comisión legislativa envió al archivo el expediente de responsabilidad
administrativa 13/2018.
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