El pleno de
la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) sancionó a Aerovías de México (Aeroméxico), Mexicana de
Aviación y a tres personas físicas por incurrir en prácticas monopólicas
absolutas en el mercado de los servicios al público de transporte aéreo de
pasajeros con origen y destino en el territorio nacional.
En el periodo en que ejercieron estas
conductas monopólicas, las aerolíneas sancionadas transportaron aproximadamente
el 42.1% del tráfico total de pasajeros en vuelos nacionales, por lo que se
estima que la práctica afectó directamente a más de tres millones y medio de
pasajeros.
En este
sentido, la comisión estimó daños al
mercado por un total de dos mil 8 millones 689 mil pesos.
De acuerdo
con el organismo encabezado por Alejandra Palacios, las conductas sancionadas consistieron en contratos, convenios,
arreglos o combinaciones entre sí, cuyo objeto y efecto fue establecer
coordinadamente los precios que cobrarían a los usuarios de sus servicios de
transporte aéreo de pasajeros, mediante el establecimiento de precios base o
mínimos en diversas rutas con origen y destino en territorio nacional, mismas
que ocurrieron entre abril de 2008 y febrero de 2010.
De acuerdo
con la investigación iniciada en febrero de 2015, diversas personas físicas, actuando en representación de estas
aerolíneas, intercambiaron información de las tarifas desglosadas o futuras que
cobrarían para, con base en ello, definir el precio base o mínimo por el
servicio de transporte aéreo de cada agente económico en determinadas rutas con
origen y destino en México.
Esto lo hicieron a través de
múltiples correos electrónicos de cuentas oficiales y no oficiales, mismos que
también se utilizaron para monitorear que los participantes en la colusión se
apegaran a los acuerdos establecidos, llegando en momentos a reclamar cuando
alguna de las aerolíneas presentaba tarifas más bajas en las rutas
comprometidas, o bien para hacer ajustes a las mismas.
Asimismo, los participantes de este acuerdo
utilizaron apodos y sobrenombres en los correos referidos para encubrir su
identidad (“Mañanero” y “Mediodía”, para Aeroméxico y Mexicana,
respectivamente), lo que evidenció la intencionalidad y conocimiento de que
cometían una conducta sancionable por la Ley Federal de Competencia Económica
(LFCE).
La Cofece identificó al menos 112 rutas implicadas en
esta conducta, por ejemplo: León-Tijuana, México-Tijuana, Puebla-Monterrey,
Ciudad de México-Cancún, Guadalajara-Puerto Vallarta, México-Acapulco,
México-Mérida, México-Los Cabos, México-Monterrey y México-Guadalajara, entre
otras.
Las Resoluciones.
El pleno de
la Cofece resolvió tener por acreditada la responsabilidad de Aeroméxico y
Mexicana en la materialización del acuerdo colusorio descrito.
Asimismo, acordó multar a Aeroméxico con 86 millones 190
mil pesos, misma que se calculó conforme a la LFCE de 1992, modificada en 2006
(LFCE 2006), por ser la normativa vigente en el periodo en el que se realizaron
las conductas.
La autoridad
también multó a Mexicana. “Si bien le
hubiera correspondido una sanción con montos similares a la anterior, se
determinó imponer el mínimo aplicable, únicamente por la circunstancia de que
esta empresa ha sido formalmente declarada en quiebra”, acotó.
Además, se impuso una multa a tres personas físicas
por un monto total de dos millones 20 mil 972 pesos.
“Cabe señalar que, aunque la
investigación también abarcó a otras aerolíneas, la Cofece no imputó
responsabilidad a agentes económicos adicionales, en virtud de que la evidencia
que obra en el expediente respecto a su probable participación se encuentra
fuera del plazo con el que la Comisión cuenta para sancionar este tipo de
prácticas. Esto es, con base a la LFCE 2006, cinco años anteriores a la fecha
en que inició la investigación (febrero de 2015)”, explicó.
La Cofece señaló que el servicio de transporte aéreo
de pasajeros es una actividad de alta relevancia sujeta a un régimen de
“servicio público”, que permite a millones de personas transportarse
diariamente con diversos propósitos, como negocios, comercio y turismo. Su
impacto es transversal para diversos sectores de la economía nacional.
Una vez
notificada la resolución a las partes, los
agentes económicos sancionados tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de
la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la
Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.