Con
información de Quadratín.
El
exgobernador del Estado de México y actualmente senador del PRI, Eruviel Ávila
Villegas, perdió en la instancia federal el juicio por el supuesto daño moral
que reclamaba al periodista Humberto Padgett y a una de sus fuentes
informativas por un reportaje alusivo a su trayectoria pública.
El texto
titulado “Eruviel Ávila Villegas, Río de luz” escrito por Padgett, en el que
se revelan asuntos de interés público, motivó al precandidato presidencial a
demandar al periodista y a uno de sus entrevistados para recibir el pago 10
millones de pesos de cada uno, en el Juzgado Tercero de lo Civil de primera
instancia en Ecatepec con el expediente 157/2018.
Según
explica un comunicado del periodista Humberto Padgett, sin que jamás se
enunciara el daño moral sufrido por el legislador plurinominal, el juzgador
José Epitacio García, con residencia en Ecatepec, condenó al reportero de
investigación y a una de sus fuentes, Esteban Sánchez, a resarcir el daño
ocasionado a Ávila, quien ha sido dos veces presidente municipal de ese
municipio y diputado local en otros dos periodos.
La Primera
Sala Civil de Ecatepec del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México confirmó
la sentencia condenatoria en el Toca 1006/2018 sin atender, entre otros hechos,
que Padgett no tiene residencia en el Estado de México y que su reportaje está
basado en cinco testimonios abiertos e identificados, con lo que cumplió y
rebasó los criterios jurídicos existentes sobre reportaje fiel.
“Sabíamos
que, en el ámbito local, por la relación de subordinación del poder judicial al
entonces gobernador y ahora senador de la República, el juez y los magistrados
resolverían por consigna” afirma Ernesto Villanueva, coordinador de la defensa jurídica del
periodista.
“Se debió
llegar a la última instancia federal mediante una demanda de amparo directo que
recayó en el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito de lo Civil en el Segundo
Circuito (Amparo Directo 184/2019 y Amparo Directo 185/2019) integrado por los
magistrados Juan Carlos Ramírez Gómora, Victorino Hernández Infante e Isaías
Zárate Martínez”,
agrega el jurista y experto en temas de libertad de expresión.
La defensa
de Padgett puso a consideración de los juzgadores la existencia de diversos
agravios, principalmente los relacionados con los derechos, en este caso
complementarios, de libertad de expresión e información, aspectos sobre los
cuales el Tribunal aplazó la primera sesión pública para estudiar a fondo el
otorgamiento o no de la protección a los solicitantes.
Al final, el
Colegiado encontró violaciones al procedimiento en el juicio de origen. “Lo
importante”, continúa Villanueva, “es que el Poder Judicial de la Federación
ordenó dejar insubsistente el procedimiento y la sentencia que condenaba a
Humberto Padgett y a su codemandado por el supuesto daño moral infringido a
Eruviel en virtud de haberse cometido violaciones al procedimiento”.
El fallo
atañe al concepto de litisconsorcio pasivo, observa Clara Luz Álvarez, también
integrante de la defensa de Padgett. “El litisconsorcio pasivo es un
presupuesto del procedimiento judicial que exige que cuando existen varias
personas en la relación de hecho que se está juzgando, entonces todas estas
personas deben ser llamadas al mismo juicio” explica la jurista y académica de
la Universidad Panamericana.
“El Juez
de lo Civil de Ecatepec nunca se pronunció sobre esa excepción de
litisconsorcio pasivo, tampoco la Sala de Ecatepec se pronunció, siendo que era
necesario llamar a juicio a todas las personas por la responsabilidad que
pudiera surgir de la publicación de la obra literaria motivo de la demanda del
senador Eruviel Ávila”.
En
consecuencia, los magistrados federales mandatan al Juzgado de lo Civil de
Ecatepec a reponer el procedimiento y llamar a juicio a la editorial Planeta,
bajo cuyo sello se publicó el libro “Los Suspirantes 2018”, una colección de
perfiles de los aspirantes a la Presidencia de la República —de ahí la
relevancia de lo escrito sobre ellos— redactados por diversos periodistas y
académicos y coordinado por Jorge Zepeda Patterson, quien también habría de ser
juzgado.
“Debo
aclarar que Padgett nunca invocó la figura del litisconsorcio pasivo; es decir,
que debía haberse demandado a todos los que intervinieron en la obra objeto de
la litis”, afirma el también litigante Villanueva. “Uno de los magistrados, al
razonar su voto, señaló que esa figura debió aplicarse de oficio por el juez de
primera instancia”.
Álvarez y
Villanueva apuntan que, en el amparo del codemandado Esteban Sánchez (Amparo
Directo 185/2019), se le otorgó la protección de la justicia federal por
violaciones al procedimiento para que se deje insubsistente todo lo actuado y
sólo dejar subsistente la contestación de los hasta hoy únicos codemandados,
Sánchez y Padgett.
“Por esta
ocasión el derecho a saber de la sociedad ha ganado la partida, pero hay que
estar siempre alertas ante los intentos de los mecanismos indirectos de censura
de los gobernantes a través de demandas judiciales absurdas para inhibir la
libre deliberación pública” concluyó Villanueva, autor del contenido de la Ley
de Responsabilidad Civil para la protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor
y la Propia Imagen de la capital del país, considerada la más avanzada en la
materia.
Padgett, por
su parte, acusa la facilidad y la cada vez mayor ocurrencia de políticos que
acuden a la figura de daño moral en sus ámbitos de influencia imponiendo a periodistas
procesos judiciales “plagados de irregularidades” que finalmente son desechados
por la justicia federal, pero ocasionando un “notable efecto inhibitorio en el
necesario escrutinio del poder y los servidores públicos”.
“Agradezco a
Villanueva y a Álvarez su brillante actuación en mi defensa, emprendida sin que
me hayan cobrado un solo peso por llevar mi caso. Otra es la suerte de colegas
para quienes una demanda frívola como ésta, termina costándoles su patrimonio y
su carrera.
“Llamo
respetuosamente al coordinador del PRI en el Senado, Miguel Ángel Osorio Chong,
a pronunciarse al respecto de la libertad de expresión agraviada por la
perversión de esta herramienta jurídica, pues es por hechos atribuibles a
militantes de su partido, que se han emprendido acciones legales de este tipo
contra una —de por sí— ya muy vulnerada libertad de prensa en México”.
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