Por Linaloe
R. Flores.
Si Carlos
Antonio Romero Deschamps es detenido, tendrá una defensa jurídica segura. Al
negociar el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) 2019-2021, en julio pasado, el
dirigente logró con el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador la permanencia
de la cláusula 77 que obliga a Petróleos Mexicanos (Pemex) a pagar los gastos
de los abogados de cualquier trabajador aprehendido en cumplimiento de sus
obligaciones.
Y Carlos
Romero Deschamps es trabajador de Pemex. Así lo reconoce el Gobierno federal en
la nómina transparente de la Empresa Productiva del Estado. Bajo su nombre no
aparece el puesto por el que está contratado, pero hay dos sueldos brutos
mensuales: uno de 38 mil 48 pesos con 50 centavos y otro de 6 mil 615 pesos con
90 centavos.
Pemex se
compromete además -en caso de detención- a pagar el salario ordinario, todas
las prestaciones y una compensación equivalente a la cuota de viáticos que
recibe un trabajador comisionado en un sitio diferente al de su puesto de
trabajo. La petrolera pagará estos costos hasta que el trabajador esté en
aptitud de volver al servicio con libertad caucional o definitiva.
Desde 1993,
cuando una votación a mano alzada lo convirtió en Secretario General del STPRM,
Romero Deschamps ha negociado cada dos años con 11 directores de Pemex. Siempre
ha conseguido una serie de prestaciones que no tienen símil en ninguna empresa
privada. Parte de ese conjunto de beneficios es la cláusula 77 que en las tres
décadas que ha cumplido como dirigente jamás ha sido modificada. Esta vez, con
Octavio Romero Oropeza al frente de la petrolera, la cláusula tampoco fue
alterada.
Pero, a
decir de Alfonso Bouzas, investigador de los sindicatos mexicanos por la
Universidad Nacional Autónoma de México, la cláusula 77 del CCT tomó fuerza
porque “nunca como ahora existen las condiciones para la caída de Carlos Romero
Deschamps. No sólo para ser destituido de la dirigencia pues la disidencia ha
crecido y tomado mucha fuerza; sino para ser llevado a tribunales por un
rosario de acciones ilegales”.
De ser
así y se sigue la letra del CCT que tendrá vigor hasta 2021, será el mismo
Gobierno mexicano el que pague los honorarios que cause la defensa del
dirigente sindical más poderoso de México.
Han
pasado 26 años y Carlos Romero Deschamps -de 75 años de edad- es un hombre
público con un cúmulo de denuncias en su contra, carpetas abiertas, órdenes de
aprehensión, demandas laborales y civiles; pero también con la posición del
poder más segura. Su lugar lo ha mantenido a base de reelecciones a mano
alzada. La más reciente ocurrió el 11 de diciembre de 2018 y con ello, aseguró
su permanencia hasta 2024.
Desde ese
sitio y bajo la protección de la cláusula 77 del CCT ha promovido cientos de
demandas de amparo en contra de órdenes de aprehensión y ante peticionarios del
Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales (INAI) para que Pemex no brinde información sobre el destino del
dinero que recibe el sindicato.
El
“Pemexgate”, un desvío de mil millones de pesos a favor de la campaña
presidencial del PRI, cometido en 2000, es un ejemplo de ello. Si bien han
pasado 19 años todavía están pendientes algunos juicios de amparo para no
responder una pregunta básica: ¿Cuál fue el detalle de tal transferencia?
Después de
ese affair, las denuncias en contra de Carlos Antonio Romero Deschamps van
desde la solicitud de juicio político a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) hasta malversación de fondos sindicales, complicidad en el robo
de gasolina, negociación de plazas y violación de los estatutos laborales. Los
denunciantes han sido instituciones como la Alianza Nacional Democrática de
Trabajadores Petroleros, la Gran Alianza Nacional Petrolera, la Unión Nacional
para el Desarrollo Social de Trabajadores de la Industria Petrolera y el
movimiento Petroleros Activos en Evolución por un México Nuevo.
En 2003,
el juez José Luis Moya Flores le dictó dos autos de formal prisión en las
causas penales 106/2003 y 107/2003 por peculado simple y peculado electoral.
Por ello iba a ser detenido, pero sorprendió con un dato: no sólo se llamaba
Carlos; sino también Antonio. Obtuvo así una nueva credencial de elector,
recuperó sus derechos políticos y alegó que no era a él a quien buscaban. Para
blindarse también ha usado el fuero que ha tenido en varios periodos de su vida
política. Fue Senador de la República de 1994 a 2000 y de 2012 a 2018, y tres
veces Diputado federal, de 1979 a 1982, de 1991 a 1994 y de 2000 a 2003.
Este año, en
febrero, trabajadores petroleros demandaron al Presidente Andrés Manuel López
Obrador investigarlo por actos de corrupción. El Mandatario respondió que no
había una denuncia formal para propiciar las investigaciones. Así que Sergio
Carlos Morales Quintana, representante del Frente Nacional Petrolero y quien
reclama la titularidad del CCT, acudió a la Fiscalía General de la República y
presentó una denuncia por fraude en contra del dirigente. La esencia de su
denuncia es mal manejo de cuotas sindicales, bienes y recursos económicos del
sindicato.
El acto que
siguió en esta obra de teatro fue que el dirigente consiguió una suspensión
definitiva ante cualquier orden de aprehensión. En julio, la Gran Alianza
Nacional Petrolera volvió a la carga y amplió una denuncia puesta en 2016 en la
que se afirma que Romero Deschamps, su familia y amigos cercanos en el gremio
han construido “turbios” negocios y disfrutan una vida “ostentosa” a costa de
los recursos sindicales. Esta vez, la demanda fue respaldada por el Movimiento
Petrolero Activos en Evolución por un México Nuevo, encabezado por Arturo
Flores Contreras.
Pero el
mismo mes, el líder sindical obtuvo la suspensión definitiva de una demanda
de amparo, concedida por el juez federal Raúl García Camacho, con sede en el
Estado de México. La suspensión otorgada por el juez sólo protege a Romero
Deschamps si se emite una orden de captura en su contra por delitos que no
impliquen prisión preventiva oficiosa, pero en caso contrario, el dirigente
sindical podría ser detenido.
En la pasada
negociación del CCT, el dirigente volvió a ganar la partida. Por lo menos, los
documentos públicos así lo muestran. Logró un bono de productividad de 30.85
por ciento de su salario ordinario, un porcentaje mayor al monto obtenido desde
2013. Además, quienes están comisionados como asesores de Carlos Romero
Deschamps mantendrán sus salarios.
Según la
cláusula 251 del contrato: “El patrón pagará salarios y prestaciones y gastos
por comisión sindical foráneos a 73 funcionarios del Comité Ejecutivo General,
que incluye asesores sindicales y Consejo General de Vigilancia, 90 integrantes
de las comisiones nacionales mixtas, 158 comisionados nacionales y 12
comisionados adscritos a las órdenes del secretario general del sindicato”.
En los
próximos dos años y como la ha hecho durante décadas, Pemex se comprometió a
pagar el tratamiento de los trabajadores con alcoholismo o con otro tipo de
adicciones y además, conservarán su salario completo en lo que están en
rehabilitación. Se estipuló así: “Se proporcionará la atención a los
trabajadores enfermos de alcoholismo o adictos a las drogas, con enfoque
netamente de rehabilitación, a través de servicios de psiquiatría del patrón, y
a juicio de este, se canalizarán para tratamiento residencial o ambulatorio a
instituciones especializadas de reconocido prestigio; otorgándole un permiso
especial, con goce de salarios y prestaciones”.
La
petrolera también otorgará un bono a sus trabajadores por mantenerse en forma;
es decir, por no engordar. Les dará cinco mil 455 pesos anuales siempre que la
cintura de los hombres no rebase los 90 centímetros y las de las mujeres, 80
centímetros. También, pagará su defensa en caso de ser detenidos.
“A los
trabajadores privados de su libertad por disposiciones de autoridades
judiciales o administrativas, originada por el cumplimiento de sus obligaciones
o por órdenes de sus superiores en el desempeño de su trabajo, el patrón les
pagará salario ordinario, demás prestaciones y una compensación equivalente a
la cuota de viáticos del segundo párrafo de la cláusula 87, hasta que los
trabajadores están en aptitud de volver al servicio con libertad caucional o
definitiva. También pagará los gastos de defensa, juicios de amparo, fianzas,
pasajes, etc., que demande el proceso penal. Si posteriormente resultare que la
prisión o arresto fue originado por causas distintas a las especificadas, el
patrón podrá descontar directamente lo gastado y pagado, del salario del
trabajador, dentro de los límites establecidos en el artículo 110 de la LFT. Al
quedar los trabajadores en libertad definitiva o bajo caución, volverán a
ocupar los puestos que tenían al sufrir la prisión o arresto, o el lugar que
les corresponda si durante ausencia se hubiere efectuado algún movimiento de
personal, con el pago de los salarios correspondientes. El movimiento
descendente en el escalafón, en esos casos, se hará sin responsabilidad para el
patrón.
El
trabajador privado de su libertad e imposibilitado de laborar como consecuencia
de denuncias de hechos o querella presentadas por el patrón, y sobrevenga
sentencia absolutoria, libertad por falta de méritos o por desvanecimiento de
datos, o conclusiones de no acusación, el patrón le pagará a título de
indemnización por daños y perjuicios, los salarios y prestaciones referidos en
esta cláusula, desde la fecha de la privación de la libertad y hasta que esté
en posibilidad de reanudar sus labores incrementándola con un 43 por ciento del
importe total de los salarios ordinarios. De existir rescisión de contrato por
el motivo único anterior, el trabajador será reinstalado de inmediato con el
pago de salarios caídos, mediante el desistimiento de la acción que este
hubiese intentado”.
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