Por Redacción
Animal Político.
Oaxaca
podría convertirse este miércoles en el segundo estado en despenalizar la
interrupción del embarazo por cualquier causa durante las 12 primeras semanas
de gestación, al discutirse una propuesta legislativa en el Congreso local.
La
iniciativa, propuesta por la coordinadora del grupo parlamentario de Morena en
el estado, Laura Estrada Mauro, busca reformar la Constitución Política de
Oaxaca, así como el Código Penal local.
Pero, ¿qué
dice la iniciativa?
El texto explica
que con estas reformas no se propone el aborto como un método más de
planificación, sino que busca que no se enjuicie moralmente a las mujeres ni se
les castigue con prisión si interrumpen su embarazo por libre determinación de
su voluntad.
De acuerdo
con la diputada Estrada Mauro, las disposiciones legislativas que impiden el
acceso de las mujeres a la interrupción del embarazo, “constituyen una forma de
discriminación, primero, porque su efecto es impedir a la mujer el acceso a un
procedimiento que podría ser necesario para el goce de sus derechos… seguido de
que el propósito de este tipo de disposiciones es discriminatorio en razón de
que subestima su capacidad para tomar decisiones responsables sobre su vida y
su cuerpo”.
La
legisladora sostiene que el acceso a la práctica del aborto es un privilegio
en el país, ya que hay un costo económico que impide a las mujeres en
situaciones de pobreza el costear el procedimiento.
En Oaxaca,
de acuerdo con la diputada, cada año se registran en promedio 11 mil 500
abortos de manera clandestina, en condiciones insalubres e inseguras. Entre
enero y agosto de 2019, se han iniciado 9 carpetas de investigación en el
estado por casos de aborto, al ser considerado delito; en 2018 se registraron
12 casos.
Por ello, la
legisladora propone reformar el Artículo 12 de la Constitución de Oaxaca, y los
artículos 312, 315 y 316 del Código Penal para el Estado, para que solo se
considere el aborto como delito después de la décimo segunda semana de
gestación, y no “en cualquier momento de la preñez”, como dice actualmente el
Código Penal.
Se
considerará delito, con castigo de seis meses a dos años de prisión,
exceptuando los siguientes casos:
Cuando el
aborto sea causado solo por imprudencia de la mujer embarazada o deviniese de
una causa natural comprobable;
Cuando el
embarazo sea el resultado de una violación y decida la víctima por sí o por
medio de sus representantes legítimos la interrupción libre, consciente e
informada del correspondiente producto, con intervención médica y hasta dentro
de la semana doce de la gestación;
Cuando de
no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro en su salud o de
muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro
médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora y hasta la
décimo segunda semana de la gestación;
Cuando el
aborto se deba a causas eugenésicas graves según el previo dictamen de dos
peritos.
¿Qué dicen
las leyes actuales en Oaxaca sobre aborto?
Actualmente,
el Código Penal de Oaxaca establece en el Artículo 312 que el aborto “es la
muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, y el
inducir a una mujer a practicarse uno tiene como castigo entre tres y ocho años
de prisión, con su consentimiento, y de seis a diez años de cárcel en caso de
que exista violencia física o moral de por medio.
Los
médicos, cirujanos o parteras que practiquen abortos pueden ser suspendidos de
dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.
Según el
Artículo 315, las mujeres que se practiquen abortos y “no tengan mala fama,
hayan logrado ocultar su embarazo y este sea fruto de unión ilegítima” pueden
ser sancionadas con entre seis meses y dos años de prisión, y en caso de
cometerlo con alguna de estas tres agravantes, la pena sería de entre uno y
cinco años de cárcel.
En la
versión actual del Código Penal queda exenta la punibilidad en los casos de
aborto causados por la imprudencia de la mujer, cuando el embarazo es resultado
de una violación o cuando, de no provocarse, se ponga en peligro la vida de la
madre.
A través de
un comunicado, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) hizo un
llamado a los diputados de Oaxaca a que, en congruencia con la promulgación del
Año por la erradicación de la violencia contra la mujer, “se unan para votar a
favor de la iniciativa… que permitirá a las mujeres de este estado el ejercicio
pleno de sus derechos sexuales y reproductivos”.
El
Instituto recordó que los congresos locales “deben promover y garantizar a las
mujeres su autonomía y el derecho a decidir sobre su cuerpo, en seguimiento
estricto de la naturaleza laica del Estado mexicano”.
“El
Inmujeres insta a las instituciones del Estado para que en todos los órdenes de
gobierno se vele por la autonomía de las mujeres y las niñas, colocando en el
centro la realización de sus proyectos de vida y el fortalecimiento de las
capacidades para la toma de decisiones”, concluyó.
Senadoras
de Morena respaldaron que Oaxaca legisle a favor de la libertad de las mujeres.
“Es una
obligación como legisladoras garantizar que los derechos sean universales,
accesibles y disponibles para todas las mexicanas, lo que incluye tanto el
derecho a la salud, el derecho a la no discriminación como el derecho a
decidir”, señaló la
senadora Martha Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión para la
Igualdad de Género.
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