jueves, 23 de abril de 2020

Invalida SCJN ley para las personas con síndrome de Down de la CDMX.


SCJN invalida ley para personas con Síndrome de Down en CdMx

En sesión pública celebrada a distancia el 21 de abril de 2020, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó, por unanimidad de votos, la totalidad de la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México.

Con base en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Pleno determinó que la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal no siguió un procedimiento de consulta adecuado, pues no tomó en cuenta para su creación a las personas con discapacidad que refiere la ley, ni a las asociaciones que las representan, de manera informada, accesible, previa, pública y abierta.

@SCJN
La Corte invalidó la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la #CDMX por la falta, durante el proceso legislativo, de una consulta real, accesible y con participación efectiva a personas con discapacidad ni a las asociaciones que las representan.

En su intervención, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que el síndrome de Down no es una enfermedad, sino una condición genética que constituye una situación de vulnerabilidad muy distinta a la que viven los pueblos indígenas y comunidades afromexicanas, y por tanto, consideró que en este tipo de asuntos, deben señalarse directrices específicas para que el órgano legislativo realice una consulta adecuada a los destinatarios de la norma.

Finalmente, el Pleno determinó que la invalidez surtirá sus efectos a partir de los 180 días siguientes a la publicación de la ejecutoria en el Diario Oficial de la Federación, para no privar a las personas destinatarias de la norma de los posibles efectos benéficos de la norma.

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