Por Israel
Rodríguez.
La
posibilidad de que empresas se amparen y logren una suspensión contra el pago
de impuestos quedó cancelada, afirmó ayer el procurador fiscal de la
Federación, Carlos Romero Aranda.
Por otro
lado, informó que hasta el momento el Servicio de Administración Tributaria
(SAT) no ha dado vista contra las 15 empresas que la semana pasada mencionó el
Presidente adeudan impuestos por 50 mil millones de pesos.
El pasado
3 de abril un oficial secretario, en ausencia del titular del juzgado en San
Luis Potosí, dictó una suspensión de plano para que el Ejecutivo federal se
pronunciara sobre medidas para condonar, eximir o prorrogar el pago de
impuestos por la emergencia sanitaria.
Esa
medida fue impugnada por la Procuraduría Fiscal de la Federación, por no
ubicarse en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo.
Ayer, el
primer tribunal colegiado en materia civil y administrativa en San Luís Potosí
revocó, por considerarla ilegal, la suspensión concedida por el juzgado tercero
de distrito de ese estado a la compañía Cano Soto y Asociados, dentro del
juicio de amparo 293/2020, dejando sin efectos el recurso previamente otorgado.
Al respecto,
el procurador fiscal de la Federación explicó a La Jornada que lo importante
de dicho fallo es que marca un precedente, donde se analiza este efecto y en
que el tribunal colegiado empieza a hacer razonamientos de que es una facultad
discrecional del Ejecutivo federal.
Romero
Aranda destacó que la revocación manda la señal, por un lado, de inhibir y
que vean que por esa vía no van a caminar los amparos. Por otro, para que los
jueces vean y hagan un análisis más profundo de lo que están reclamando y no
emitan sentencias o acuerdos de suspensión que no tiene fundamento jurídico.
El
funcionario aclaró que el recurso interpuesto por la empresa (Cano Soto y
Asociados) no era un amparo definitivo, sino una suspensión en primera
instancia, lo que hace medidas que nosotros consideramos ilegales. Por eso
interpusimos un recurso de queja que conoció el tribunal colegiado y determinó
en la sesión del domingo que estaba mal y revocó la suspensión.
En torno
al procedimiento para cobrar los 50 mil millones de pesos que adeudan 15
grandes contribuyentes, Carlos Romero reveló que, hasta el momento, el SAT no
nos ha dado vista. Seguramente siguen en conversaciones.
El
procurador fiscal de la Federación dijo que, en caso de que determine el SAT
que se puede configurar un delito cometido por estas empresas, lo pasaran a la
Procuraduría Fiscal y lo analizaré para ver si presentamos la querella
respectiva.
Explicó: Los
que presentamos las querellas somos nosotros. Si nosotros, como Procuraduría
Fiscal, consideramos que hay delito, levantamos una querella ante la Fiscalía
General de República y coadyuvamos.
El
mensaje es que la Procuraduría Fiscal de la Federación, en el ámbito de sus
atribuciones, se mantiene atenta al debido cumplimiento de las obligaciones
fiscales y procederá en caso de incumplimiento.
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