La Comisión
Federal de Electricidad (CFE) aseguró que los jueces que otorgaron la
suspensión provisional solicitada por empresas de energías limpias, quejosas
contra el decreto elaborado por el Centro Nacional de Control de Energía
(Cenace), interpusieron el interés individual sobre el general de la población.
Detalló
que al dar marcha atrás al “Acuerdo para garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad,
Continuidad y Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), publicado por el
Cenace, “los juzgadores antepusieron el interés individual sobre el interés
general de la población, concretado en el derecho humano a la vida digna, del
que forma parte indubitable el acceso a la electricidad”.
Los
jueces, subrayó, soslayaron la circunstancia de que el Acuerdo tiene como
propósito fundamental el aseguramiento de la salud y la vida de las personas
mediante el funcionamiento ininterrumpido del servicio de electricidad en
clínicas y hospitales covid-19.
“En
virtud de esas graves y delicadas irregularidades jurídicas, el Cenace
interpuso un recurso de queja ante el Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa en turno”, advirtió la CFE.
De acuerdo
con la empresa productiva del Estado, que dirige Manuel Bartlett, los
argumentos utilizados por los jueces federales, a fin de justificar la
concesión de la suspensión, son notoriamente improcedentes a la luz de las
reglas establecidas en la Ley de Amparo.
“En las
resoluciones judiciales se aduce que procede otorgar la suspensión en virtud de
que el Acuerdo conlleva la posible violación del derecho a la libre
concurrencia y a la libre competencia, del derecho humano a la salud, del
derecho humano al medio ambiente sano y del principio de la confianza
legítima”, explicó.
Para la CFE,
tales razones no debieron ser utilizadas para justificar la suspensión
porque están directamente relacionadas con las cuestiones sustantivas sometidas
a la consideración del Poder Judicial de la Federación, por lo que sólo pueden
hacerse valer dentro de la sentencia definitiva que ponga fin a la
controversia.
La CFE destacó
que, al proceder en esa forma rotundamente equívoca, de hecho, los jueces ya se
están pronunciando sobre el fondo del amparo, sin que previamente se hubiesen
desahogado las etapas constitutivas del juicio constitucional de garantías.
Por otra
parte, señaló que en las resoluciones no se hizo la ponderación del interés
privado de las quejosas en que no se les aplicara el Acuerdo contra el interés
general que reviste el hecho de que la electricidad es un servicio público
necesario y por ello el SEN, operado por el Cenace, debe cumplir con los
criterios de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad.
“Es por
ello que el Estado debe garantizar el acceso al servicio eléctrico universal,
eficiente, de calidad y confiable a toda la población, lo que no se logra con
las intermitencias en el funcionamiento del Sistema Eléctrico Nacional que
ocasionan las pruebas preoperativas de los proyectos materia de las demandas de
amparo”, argumentó.
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