Por Juan
Omar Fierro.
Un juez federal suspendió de manera definitiva
la aplicación del acuerdo emitido por el Centro Nacional de Control de Energía
(Cenace) mediante el cual se pone freno a las pruebas preoperativas de los
generadores privados de energía eólica y fotovoltaica, además de impedir el
arranque de ensayos en centrales nuevas.
La
resolución, dictada
por el Juzgado Primero de Distrito Especializado en Competencia Económica,
Radiodifusión y Telecomunicaciones, beneficiará en un primer momento a siete
empresas del sector de producción de energías renovables, pero es inminente su
extensión a las 17 compañías que se ampararon contra la medida publicada en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 29 de abril.
Las
compañías que se ampararon contra la orden de frenar las pruebas preoperativas
de las centrales de energía eólica y fotovoltaica son: Recursos Solares PV
de México IV, Akin Solar, Fuerza Eólica de San Matías, Fuerza Eólica del Istmo,
Versalles de las Cuatas Uno, Eólica Tres Mesas 4 y Versalles de las Cuatas Dos.
También se
ampararon: FV Mexsolar XI, Tai Durango Cuatro Neo, Eoliatec del Pacífico,
Eoliatec del Istmo, Versalles de las Cuatas Tres, Mitre Calera Solar, Eléctrica
Del Valle de México, Kenergreen y Elio FV Conejos Médanos.
Otras
compañías que solicitaron la suspensión de la norma impugnada fueron Elio FV
Xoxocotla, ENR AGS, Parque Amistad II, Parque Salitrillos, EGP Magdalena Solar
Dolores Wind y FRV Potosí Solar.
Con la
suspensión definitiva, el Cenace no podrá aplicar el “Acuerdo para
garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del
Sistema Eléctrico Nacional con motivo del reconocimiento de la epidemia por el
virus SARS-CoV2 (covid-19)”, porque viola siete artículos constitucionales y
varios preceptos de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
Dicha
norma ordena frenar todas las pruebas preoperativas de los generadores privados
de energía eólica y fotovoltaica, así como cualquier autorización para iniciar
los ensayos en centrales intermitentes que no habían comenzado a realizarlas.
El
acuerdo emitido por Cenace, en el marco de la crisis sanitaria, argumenta una
caída en el consumo de energía eléctrica por la pandemia de covid-19, así como
diversas fallas ocurridas en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN),
particularmente en la zona sureste del país, por lo que restringe la operación
de empresas privadas de energía eólica y fotovoltaica que todavía se
encontraban en fase de pruebas preoperativas.
Los juicios
de amparo presentados por las empresas privadas impugnan el freno impuesto por
Cenace a dichas pruebas y la omisión de “no llevar a cabo la evaluación de
competitividad en el Mercado de Certificados de Energías Limpias”.
Además,
intentan revertir la omisión de la Comisión Federal de Competencia (Cofece) de
no iniciar el procedimiento sancionatorio previsto en el artículo 94 de la LFCE
para castigar actos monopólicos que dañan la libre competencia en un mismo
sector.
Las
suspensiones definitivas pueden ser impugnadas por Cenace, la Comisión Federal
de Electricidad (CFE) y la Secretaría de Energía, mediante un recurso de queja
que se interpone ante un tribunal colegiado, que deberá determinar si la
suspensión otorgada por el juez de primera instancia es procedente o no.
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