Por Arturo Ángel.
Un Tribunal
federal confirmó la sentencia de 9 años de prisión impuesta desde 2018 al
exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por los delitos de lavado de
dinero y asociación delictuosa, tras considerar que el proceso penal en el que
aceptó declarase culpable fue totalmente legal.
En la
resolución de la que Animal Político tiene copia, la magistrada Isabel
Porras Odriozola – titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de
Ciudad de México – concluyó que las pruebas ofrecidas por la entonces PGR
fueron idóneas para sostener que Duarte participó en un entramado criminal que
a través de empresas fantasma y prestanombres consiguió desviar recursos del
erario.
No obstante,
la magistrada revocó el decomiso de más de 40 propiedades supuestamente
ligadas a Duarte que se había ordenado como parte de la condena, pues señaló
que se trata de bienes de otros procesados que aun no son condenados, y por lo
tanto debe esperarse hasta el cierre total de caso.
Esta
resolución del Tribunal federal es resultado de una apelación que Duarte
promovió en contra de la sentencia condenatoria que se le dictó desde el 26 de
septiembre de 2018. El procedimiento se alargó más de un año debido a que el
exgobernador tuvo que recurrir a un amparo para que se le permitiera solicitar
la revisión del procedimiento.
Originalmente
Duarte fue sentenciado en una audiencia preliminar, en la que el
exgobernador priista se declaró culpable y renunció a su derecho de ir a un
juicio, en lo que se conoce como “procedimiento abreviado”. A cambio, consiguió
que se le dictara la pena mínima y que, gracias a un acuerdo previo con la PGR,
se le retirara el delito más grave que era el de delincuencia organizada.
Pero después
la defensa del exgobernador argumentó que las pruebas bancarias en las cuales
se sostenía la acusación de lavado de dinero habían sido obtenidas por la
Procuraduría, sin el aval de un juez, lo que incluso ha provocado que otros
procesados del mismo caso terminen absueltos.
Sin embargo,
la magistrada subrayó que fue el propio Duarte el que aceptó renunciar a su
derecho de defenderse en un juicio y de combatir las pruebas del Ministerio
Público, quitándose él mismo la posibilidad de haber entrado al fondo de su
asunto.
“La
sentencia se funda en los hechos y las pruebas aceptadas por el acusado (…) Es
inadmisible que en la apelación se analicen aspectos que ya fueron previamente
convenidos y expresamente aceptados ante el juez de control, en cuanto al
delito y la responsabilidad. Lo único exigible ante el juez y luego ante el
tribunal, es que los datos de prueba sean suficientes e idóneos”, concluye la magistrada.
Proceso
correcto, pruebas suficientes.
Para llegar
a la conclusión ya señalada, la magistrada Porras Odriozola analizó dos
aspectos centrales: que el proceso abreviado se hubiera desarrollado conforme
marca la ley, lo que incluye que Duarte conociera las consecuencias; y que las
pruebas referidas por la PGR tuvieran la suficiente lógica para sustentar la
presunción de que se cometieron los delitos.
En cuanto al
tema de la forma en cómo se llevó el proceso abreviado, la magistrada
consideró que fue correcto dado que el juez a cargo del caso (Marco Antonio
Fuerte Tapia) explicó detenidamente al exgobernador de qué se trataba un
proceso abreviado, y de los derechos a los que renunciaba si no llegaban a
juicio.
Los audios
originales de cómo se llevó a cabo la audiencia y cómo se realizó este
procedimiento ya fueron publicados por Animal Político. En síntesis, el juez le
pregunta a Duarte si accede a declararse culpable sin ir a juicio y dejando de
lado la posibilidad de combatir con sus propias pruebas los señalamientos en su
contra, lo que el exgobernador acepta.
En cuanto al
tema de los datos de prueba presentados por la PGR, y que ya no fueron desahogados
pues no se llegó a juicio, la magistrada considera que estos son idóneos
para sostener la acusación consistente en que Javier Duarte “durante los años
2011 a 2016 dirigió una organización criminal” que a partir de compañías
fachada y prestanombres desvió recursos del erario de Veracruz, para luego ser
aprovechados con fines personales.
En la
resolución la magistrada enumera 46 distintas pruebas entre las que se
encuentran dictámenes periciales, operaciones financieras, actas notariales,
documentos de otros tipos, y las declaraciones y confesiones de personas
ligadas a las operaciones irregulares que participaron o conocieron de los
hechos.
Uno de
esos testimonios es el del extesorero de Veracruz y exdiputado federal del PRI
Antonio Tarek Abdalá, quien sostuvo que pagó a empresas fantasma por órdenes de
Duarte. Cabe señalar que la defensa de Karime Macías, esposa del exgobernador,
ya ha denunciado a Tarek por falsedad de declaraciones.
Por su lado los
defensores del exgobernador intentaron argumentar que varias de las pruebas
presentadas por la PGR tendrían que ser desestimadas porque se obtuvieron
violando los derechos humanos del exgobernador, y también argumentaron que el
juez había valorado de forma incorrecta los delitos.
La
magistrada negó lo anterior no por el hecho de que fuera o no cierto lo dicho
por la defensa, sino porque dijo que se trataba de valoraciones sobre datos y
pruebas que ya no son procedentes, pues el propio exgobernador de Veracruz
rechazó combatirlas y aceptarlas para obtener la pena reducida.
Multa sí,
decomisos no.
En su
resolución la magistrada también consideró como correcta la multa de 58 mil
890 pesos que se le impuso a Javier Duarte por los dos delitos, así como la
amonestación verbal que se le dictó para no incurrir de nuevo en estas
actividades, y la pérdida de sus derechos políticos durante el tiempo en que
dure la condena.
Lo que sí
revocó – al menos temporalmente – fue el decomiso de los bienes dictados en la
sentencia original, pues se trata de propiedades ligadas a otras personas que
siguen en proceso o no han sido detenidos, y en donde hay que esperar a la
resolución de dichos procesos.
Se trata
de aproximadamente 41 propiedades entre las que se encuentran 21 terrenos
ejidales en Campeche y 20 casas y departamentos ubicados en Veracruz, Ciudad de
México, Estado de México y Guerrero
¿Qué sigue
para Duarte?
La
resolución del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal deja en firme la
condena impuesta de 9 años de cárcel a Javier Duarte. Como dicho periodo
comenzó a computarse desde que fue detenido en abril de 2017, al exgobernador
le restarían casi seis años para recuperar su libertad.
Duarte y
sus abogados cuentan aun con algunas alternativas como promover una demanda de
amparo directo en contra de la condena, en la que podría argumentar violaciones
a sus derechos constitucionales. Además, una vez que cumpla más de la mitad de
su pena podrá iniciar los trámites para que su liberación se lleve a cabo de
forma anticipada, aunque eso depende de que los jueces lo avalen.
Cabe
recordar que en contra de Duarte hay otros casos pendientes pero esta condena
es la única que lo mantiene hoy privado de su libertad.
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