Por Juan
Omar Fierro.
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el procedimiento aprobado por
el Congreso de Nuevo León para sancionar al gobernador de esa entidad, Jaime
Rodríguez Calderón, “El Bronco”, por utilizar recursos públicos para obtener
las firmas que le permitieron ser candidato presidencial en 2018.
Por
votación de tres ministros contra dos, la Primera Sala de la Corte resolvió que
el procedimiento establecido por los diputados locales es inconstitucional,
debido a que el método para iniciar un juicio político contra cualquier
gobernador está previsto en la Constitución federal y no puede ser modificado
por las legislaturas estatales.
A propuesta del
ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, la Primera Sala aprobó el
proyecto de sentencia en el que se establece que hay una invasión de
competencias y que cualquier sanción que se le deba imponer a “El Bronco” debe
realizarse conforme a los procedimientos que contempla la Constitución federal
sobre el juicio político.
“El
Congreso local (de Nuevo León) creó un procedimiento especial para sancionar al
titular del Poder Ejecutivo local, en lugar de apegarse al sistema de
responsabilidad contemplado a nivel Constitucional y también previsto en la
legislación local para aplicar dichas normas en el proceso que se analiza”.
Con esta
resolución, la Suprema Corte invalidó el procedimiento que el Congreso de
Nuevo León aprobó el 23 de septiembre de 2019 para dar cumplimiento al fallo
del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que documentó el
uso de recursos públicos en la campaña presidencial de Rodríguez Calderón.
Sin embargo,
el fallo no implica que “El Bronco” quedó exonerado, ya que la propia
sentencia advierte en sus resolutivos que el Congreso de Nuevo León puede
iniciar el proceso para sancionar al gobernador ajustándose a lo que marca la
Carta Magna en su artículo 110 sobre el proceso de juicio político, con el fin
de destituir a un mandatario estatal y posteriormente encausarlo ante una
autoridad judicial.
“Se deja
a salvo esa facultad para que, de estimarlo oportuno, el Congreso local
regularice el proceso de atribución de responsabilidades que ordenó la Sala
Regional Especializada del TEPJF, bajo los lineamientos expresados en esta
resolución, tomando como base el sistema de responsabilidad política”, señala un extracto de la sentencia
aprobada hoy en la Primera Sala de la Corte.
Los
ministros Alfredo Gutiérrez Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo se sumaron a la
propuesta del ministro González Alcántara, logrando la mayoría. En contraste,
las ministras Margarita Ríos-Farjat y Norma Lucía Piña Hernández votaron en
contra del proyecto.
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