Por Eduardo
Murillo.
Las
exenciones fiscales que gozan las asociaciones civiles sin fines de lucro no
pueden llevarse al extremo de que el Estado asuma la carga económica que estas
suponen, así lo advierte un proyecto de sentencia que se discutirá este
miércoles en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN).
Se trata
de un amparo promovido por una asociación protectora de animales, quien buscaba
quedar exenta del pago de impuestos en la compra de alimento para mascotas.
La Corte
ya ha declarado válido el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 por ciento
aplicable en la compra de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas
especies, sin embargo, en este caso la asociación buscaba que se le autorizara
una rebaja en este gravamen, o en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), en razón de
que las actividades que realiza son altruistas, sin fines de lucro y en
beneficio de la sociedad.
El proyecto
de resolución, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, advierte
que las excepciones en el cobro de impuestos para las asociaciones civiles
están delimitadas en las respectivas leyes del ISR y el IVA y no es posible en
ningún caso ir más allá del texto legal por casos particulares: “de lo
contrario llevaría al extremo de suponer que el Estado deberá soportar la carga
económica de cualquiera que decida conformar una asociación o sociedad civil,
sin ánimo de lucro, sólo por la falta de recursos para su sostenimiento.”
Para que
este proyecto sea aprobado, deberá obtener los votos de cuando menos tres de
los cinco ministros de la Primera Sala.
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