Por Rodrigo
Vera.
l Instituto
Nacional Electoral (INE) determinó improcedente la adopción de medidas
cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por la presunta
promoción personalizada en su informe trimestral del pasado 5 de abril,
difundido en plataformas digitales de carácter oficial.
De esta
manera, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE desechó la solicitud del
Partido Acción Nacional (PAN), cuyo argumento fue que López Obrador transgredió
el artículo 134 constitucional, por promoción personalizada, uso indebido de
recurso públicos y vulneración a las normas que rigen la rendición de informes
de labores.
En sesión
virtual, las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como el
consejero Ciro Murayama declararon la improcedencia del recurso albiazul, pero
consideraron que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) debe resolver el fondo del asunto.
“Es muy
relevante resolver, definir el fondo del asunto sobre si esta nueva forma de
comunicación del gobierno va a ser compatible y en qué medida va a ser
compatible con el modelo constitucional de comunicación política y las
restricciones que se tienen; estamos a muy poco tiempo de iniciar el proceso
electoral y es de gran relevancia el que se defina y limite la forma en que se
va a operar esta forma de comunicación del Estado”, indicó la consejera Claudia Zavala.
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