Dos internos de la
escuela de Reintegración Social para adolescentes “Quinta del Bosque” fueron
agredidos sexualmente por sus compañeros, ante la ausencia de personal de
custodia.
Por estos hechos, la Comisión de Derechos Humanos del Estado
de México (Codhem) emitió la Recomendación 3/2017 para el director general de
Prevención y Readaptación Social de la entidad, Luis Arias González.
Al constatar que se
cometió una conducta delictiva al interior de la escuela de Reintegración
Social contra dos internos mientras estaban al cuidado de la autoridad
penitenciaria, se hizo la denuncia ante la Agencia del Ministerio Público
Especializado en Justicia para Adolescentes y ante la representación social con
residencia en Zinacantepec.
El organismo defensor
de los derechos humanos demandó, de igual manera, iniciar un procedimiento
administrativo disciplinario contra el subjefe de vigilancia y el custodio por
dejar sin vigilancia el dormitorio, transgrediendo con ello la Ley de Responsabilidades
de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y diversos ordenamientos.
También propuso
emitir una circular para el personal penitenciario, señalando que la normativa
internacional y nacional les impone la responsabilidad y obligación de cuidado
para los adolescentes y adultos jóvenes recluidos.
El personal directivo y administrativo, prosigue el
documento, no debe descuidar la
seguridad de los internos; por tanto, cualquier ausencia de custodios debe
cubrirse y se deben monitorear de manera permanente todas las áreas y servicios
de la institución.
Como medida de no
repetición, la Codhem recomendó realizar las gestiones administrativas para
subsanar la falta de personal de seguridad y custodia, a fin de mantener el
orden, tranquilidad, disciplina y seguridad institucional.
Planteó también impartir cursos de capacitación al personal
penitenciario sobre el interés superior de la adolescencia y las prerrogativas
mínimas que deben gozar adolescentes y adultos jóvenes.
De la investigación
del organismo defensor se desprende que las autoridades penitenciarias del
Estado de México incumplieron el objetivo de cuidado y vulneraron el derecho a
la protección de integridad de los adolescentes.
Los menores de edad privados de su libertad, consideró la Comisión,
son un grupo vulnerable en desventaja y potencial riesgo por el encierro que
les genera la restricción de algunos aspectos del desarrollo de su vida.
Por estas razones, prosiguió, los centros de reclusión deben
garantizar la seguridad y condiciones de vida dignas; en caso de los
adolescentes, deben tener un entorno óptimo y seguro para su posterior
reinserción, y esto comprende el ejercicio de sus derechos humanos.
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