Una jueza de amparo se negó a
suspender las restricciones a visitantes y comunicaciones privadas que otro
impartidor de justicia le impuso a la ex líder magisterial, Elba Esther
Gordillo, por petición de la Procuraduría General de la República (PGR).
La resolución de la Jueza Décimo
Segunda de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Rosa
María Cervantes Mejía, todavía es provisional, pero mantiene vigente las
restricciones que enfrenta la maestra como parte de la medida cautelar de
prisión domiciliaria a la que está sujeta en un departamento de la colonia
Polanco.
Además, la jueza Cervantes Mejía solicitó a la
defensa de Gordillo Morales que aclare si las restricciones al número de
visitas que puede recibir en su casa, limitando el acceso a familiares y sus
comunicaciones electrónicas y telefónicas con el exterior, fueron impugnadas de
manera directa ante instancias previas, para poder definir si es competente
para resolver la inconformidad.
La resolución de la juzgadora federal
no aborda el fondo del asunto, puesto que el amparo apenas fue admitido para
darle trámite y empezar a analizar los alegatos de la parte afectada y de la
PGR en su calidad de autoridad que solicitó imponer dichas limitantes y
restricciones a Gordillo Morales.
El pasado12
de febrero, el Juez Sexto de Procesos Penales Federales, Alejandro Caballero
Vértiz, resolvió limitar el número de personas que pueden visitar a la maestra,
previa acreditación ante su propio juzgado; así como las comunicaciones que
puede sostener con el exterior, bajo el argumento de que sus actividades dentro
del domicilio pueden atentar contra la paz y la seguridad del Estado.
La
resolución del juez penal señala que “el uso desmedido de los medios de
comunicación que (la maestra) tiene a su alcance, podrían desestabilizar la paz
y seguridad del Estado Mexicano”, por lo que se autorizó “un régimen de control
a todas sus comunicaciones” dirigidas al exterior del domicilio
En
entrevista para #AristeguiEnVivo, el abogado de Elba Esther Gordillo, Marco
Antonio del Toro, descalificó la medida, con el argumento de que se trata de
restricciones que fueron acordadas mediante consideraciones políticas y no con
motivo de un análisis estrictamente judicial o administrativo.
El
expediente del caso se puede consultar de manera directa en las listas de
acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal. (CJF)
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