Por Juan
Omar Fierro.
Un
tribunal federal confirmó una sentencia de amparo que revoca el auto de formal
prisión dictado por un juez federal a María de los Ángeles Pineda Villa, esposa
del exalcalde de Iguala, José Luis Abarca, por los delitos de delincuencia
organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La
resolución del Tercer Tribunal Colegiado en materia penal del Estado de México obliga
al juez Tercero de Distrito del Estado de México a reponer el procedimiento
para resolver sobre el auto de formal prisión que se le sigue a Pineda Villa en
la causa penal 12/2017, por lo que no obliga a liberarla de forma inmediata.
Por el
contrario, el juez de la causa tiene libertad para volver a dictar un auto
de formal prisión, pero eliminando testimonios que ya fueron invalidados en
otros procesos penales y volviendo a tomar la primera declaración preparatoria
a la hoy imputada.
Pineda
Villa también es hermana de Mario Pineda, ‘El MP’, y Alberto Pineda Villa, ‘El
Borrado’, dos ex operadores del Cártel de los Beltrán Leyva que fueron
ejecutados por órdenes de quien fuera líder de esa organización criminal, el
extinto Arturo Beltrán Leyva, ‘El Barbas’.
En la
causa penal que se le sigue, la esposa del exalcalde de Iguala fue acusada de
formar parte del grupo delictivo Guerreros Unidos que ordenó el secuestro y
desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, la noche del 26 de septiembre
de 2014.
Junto con
su esposo, José Luis Abarca, María de los Ángeles Pineda fue detenida en la
delegación Iztapalapa en octubre de 2014, tras permanecer prófugos de la
justicia por casi un mes.
De acuerdo
con el juicio de amparo en revisión 9/2020 que resolvió el Tercer Tribunal
Colegiado en Materia Penal del Estado de México, el juez Tercero de Distrito
de esa misma entidad federativa deberá dejar insubsistente el auto de formal
prisión dictado el 11 de marzo de 2019 y dictar una nueva resolución en la que
se tome una nueva declaración preparatoria a la imputada.
Sin embargo,
en esa nueva declaración, los agentes del Ministerio Público Federal
adscritos a la Fiscalía General de la República (FGR) deberán acreditar la
existencia de varios testigos citados dentro de la causa penal correspondiente.
El fallo
confirma una sentencia previa dictada por el Juzgado Séptimo de Distrito de
Amparo y Juicios Federales del Estado de México, por lo que la FGR debe incluir
dentro de la causa penal los nombres y datos que permitan identificar a los
testigos colaboradores con claves ‘Mateo y ‘X’, puesto que la reserva de estos
datos solamente es aplicable a la etapa de la averiguación previa.
Además, la
FGR deberá “recabar nuevamente la declaración preparatoria de María de los
Ángeles Pineda Villa” en esta imputación por delincuencia organizada.
Tras
cumplir con estos dos requisitos, el juez Tercero de Distrito determinará si le
vuelve a dictar auto de formal prisión a la esposa del exalcalde de Iguala o si
le dicta auto de libertad por falta de pruebas.
Este
proceso penal es el único vigente contra Pineda Villa, ya que la antigua PGR no
logró acreditar que estuviera involucrada en la desaparición de los 43
estudiantes normalistas.
“PRIMERO.
En la materia de revisión, se confirma la sentencia revisada. SEGUNDO. Para los
efectos precisados en el considerando séptimo de la resolución impugnada, la
Justicia de la Unión ampara y protege a María De los Ángeles Pineda Villa,
contra el acto que reclama del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales
Federales en el Estado de México, con residencia en esta ciudad”, concluyen los resolutivos del juicio
de amparo que le fue concedido a la esposa de Abarca.
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