viernes, 30 de agosto de 2019

Presidencia de San Lázaro, ley e interpretación legal.


Pablo Gómez.

La actual legislatura de la Cámara de Diputados se instaló y ha funcionado con la sencilla aplicación de la ley, con amplio criterio y sin normas de temporal, como antes se acostumbraba.

Sin embargo, ha surgido una discusión sobre la Mesa Directiva que habrá de elegirse para el segundo año.

El primer asunto es explicar por qué no se debía aplicar el año pasado el artículo 17.8 de la Ley Orgánica que señala que “en ningún caso la presidencia de la Mesa Directiva recaerá en el mismo año legislativo, en un diputado que pertenezca al grupo parlamentario que presida la Junta de Coordinación Política”. Como se sabe, Morena ha ocupado hasta ahora las dos presidencias.

La respuesta es que, si se hubiera aplicado dicho precepto sin tomar en cuenta otros de la misma ley, Morena no hubiera podido nunca acceder a la presidencia de la Mesa Directiva, a pesar de tener más integrantes que cualquier otro grupo.

Para que Morena asumiera ambas presidencias se tuvo que hacer una interpretación legal que, obviamente, requería un acuerdo entre los grupos parlamentarios, aunque éste fuera verbal porque se trataba sólo de aplicar la ley y no de escribir otra.

Al principio el asunto fue complicado, pero Morena insistió en que tenía el mismo derecho que otros grupos a designar al presidente de la Mesa para uno de los tres años, sin que se lo pudiera impedir su situación de mayoría y, por tanto, ocupante de la presidencia de la Junta de Coordinación Política durante toda la legislatura.

Para proteger el derecho de Morena a asumir la presidencia de la Mesa durante un año, el acuerdo consistió en que se seguiría aplicando la Ley Orgánica en su artículo 17.7 que señala que, en el segundo y el tercer año de la legislatura, la presidencia recae en los dos grupos parlamentarios que no la hubieran ejercido antes, en orden decreciente de sus integrantes.

Entonces, para interpretar correctamente el artículo 17.8 a la luz de la composición de la Cámara, a pesar de la prohibición que contiene, debía respetarse, antes, el derecho de Morena para proponer al presidente de la Mesa y, al mismo tiempo, el derecho de otros dos grupos para ocupar la misma, según lo prescribe el artículo 17.7, el cual instituye la rotación en la presidencia de la Mesa Directiva.

De lo contrario, bajo la ley vigente en el momento de la instalación de la Cámara, el derecho de desempeñar la presidencia se hubiera hecho exclusivo de un solo grupo, Morena, negándoseles a otros dos grupos. Nadie en Morena planteó entonces semejante cosa, pues, además de mal hecho, no se hubiera logrado la mayoría de dos tercios para tener la primera presidencia de la Legislatura, la cual fue ocupada por Porfirio Muñoz Ledo, designado por el grupo de Morena. Por 496 votos a favor y 3 en contra se aprobó la propuesta en el entendido de que habría rotación en los dos siguientes años de la legislatura.

En el momento actual, lo que procede es volver a aplicar la ley, pues si su primera aplicación favoreció el derecho de Morena, se mantuvo incólume el de otros partidos. Lo que ahora debe hacerse es mantener el compromiso con esa misma interpretación de inicio de la legislatura en lugar de intentar, como se ha propuesto, una apresurada reforma de la Ley para cambiarlo todo. Así, la presidencia de la Mesa Directiva sigue siendo rotatoria.

Ahora bien. En San Lázaro el principal órgano de gobierno es la Junta de Coordinación Política, la cual propone al Pleno la integración de las comisiones, decide sobre el orden del día de las sesiones, hace los nombramientos más importantes a través de una instancia llamada Conferencia, presenta el anteproyecto de presupuesto, entre otras muchas facultades.

La Mesa Directiva, la cual opera también bajo la regla del voto ponderado (cada grupo posee tantos votos como número de integrantes) y su presidente carece de voto, tiene a su cargo la interpretación de normas relacionadas con sus propias actividades, incorpora dictámenes a discusión, determina formas para los debates, supervisa que los dictámenes cumplan con los requerimientos, impone sanciones, expide las convocatorias, entre algunas otras materias. Morena tiene mayoría por sí solo.

El presidente de la Mesa protege a las y los diputados y a los recintos, conduce las relaciones institucionales con otras instancias del Estado y el protocolo de la diplomacia parlamentaria. Preside la asamblea, pero también lo hacen en algún momento vicepresidentes que son de dos partidos diferentes al suyo. Tiene la “representación legal de la Cámara” y delega ésta a la instancia de asuntos jurídicos.

El artículo 22.4 de la Ley Orgánica es claro: el presidente de la Mesa Directiva responde ante el Pleno de la Cámara.

En los parlamentos del resto del mundo no existe rotación presidencial. El o la presidenta es designada para toda la legislatura. La votación es a mayoría absoluta, mas no siempre preside alguien del partido más grande y ni siquiera del mayoritario. Pero México no es un país normal. Hemos tenido el avasallamiento del partido del Estado, es decir, del Estado mismo. La alternancia panista nunca se propuso remontar el pasado y construir algo nuevo. La vieja cultura política nos ronda, pero no como un fantasma sino como una arraigada costumbre del poder. Es ahora cuando podemos levantar otro sistema político y otros métodos que sean democráticos. Estamos a prueba.

La rotación en la presidencia de la Mesa fue producto de un acuerdo en 1997, en el cual participó, entre otros muchos, Muñoz Ledo.

La rotación fue una respuesta a la cultura y práctica del “agandalle”. En realidad, hasta que las oposiciones hicieron conjuntamente mayoría en San Lázaro fue posible empezar penosamente a abrir las puertas de un funcionamiento plural, propio de la naturaleza de los parlamentos basados en el voto ciudadano.

Para cambiar el sistema de rotación de la presidencia de la Cámara, como para expedir toda una nueva ley orgánica, es preciso un consenso político, naturalmente inducido por una mayoría, como lo fue en 1997 y en la posterior reforma de la Ley Orgánica.

El punto, sin embargo, radica por el momento en que, luego de la formación de una mayoría parlamentaria que no existía propiamente como tal desde 1994 (en 2015 el PRI fue mayoritario con sus aliados), se acusa con actitud intrigante a la fuerza de relevo de buscar ser una nueva versión del priismo, es decir, del “agandalle” y el atropello o desconocimiento de los métodos pluralistas.

La 4T trae grabado el sello de la lucha contra el autoritarismo, la negación de derechos, la represión y la segregación política de críticos y opositores. Podría acelerarse la revisión ya acordada de la Ley Orgánica y el Reglamento, así como el restablecimiento del servicio parlamentario de carrera cancelado “gandallamente” por PAN y PRI, mas eso requiere el concurso de todos y el debate franco y abierto, pero no el simple dictado de la mayoría en un asunto que altera la convivencia entre adversarios en pugna permanente.

La Ley Orgánica del Congreso no es un ordenamiento cualquiera, pues norma la relación entre contrarios cuando no entre enemigos. Si se quiere la convivencia no violenta entre los diferentes que son, además, representantes del pueblo, no se pueden dictar normas como si se tratara del presupuesto de egresos o cualquier otra ley. Las de carácter interno requieren un tratamiento especialmente pluralista porque son reglas de la casa común.

Morena debe hacer un esfuerzo para no caer en métodos que sus dirigentes e integrantes combatieron siempre. La mayoría es la principal responsable del cumplimiento de los acuerdos porque éstos dependen de ella. Respetar lo acordado forma parte de la moral del poder.

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