viernes, 20 de diciembre de 2019

Personas del mismo sexo tienen derecho a formar una familia, determina la Corte.


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Todas las personas, sin distinción de género u orientación sexual tienen derecho a formar una familia y, si es su deseo, acceder a la procreación y crianza de hijos propios, adoptados, gestados mediante el uso de técnicas de reproducción asistida o procreados por uno de ellos, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Dicho veredicto se dio luego de que el máximo órgano de justicia atrajera el caso de una pareja de Aguascalientes conformada por dos mujeres, a quienes se les negó el registro de un menor nacido de una de ellas como hijo de ambas.

La petición fue rechazada debido a que, según las autoridades del Registro Civil de esa entidad, el Código Civil local reconoce “por definición” la figura jurídica del “reconocimiento voluntario de hijo” sólo hombres.

Sin embargo, la Primera Sala de la SCJN resolvió que, si el menor de edad nace de una madre con orientación lésbica pero procreado de una relación sexual natural con un tercero, deberá bastar la manifestación de voluntad de la pareja de la madre en reconocerlo y ejercer la comaternidad.

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