Las
disposiciones y lineamientos sobre la consulta popular y revocación de mandato
fueron publicados este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
"El
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le
confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la
aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la
Ciudad de México, declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta
popular y revocación de mandato", se detalló en el documento, mismo que fue enviado por el
presidente Andrés Manuel López Obrador.
El 5 de
noviembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que se
reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución en dicha materia.
En lo
general, el dictamen recibió 372 votos a favor y 75 en contra, mientras que en
lo particular tuvo 356 votos a favor y 84 en contra.
La
iniciativa pasó a las legislaturas de los estados para su discusión y
aprobación. El 13 de noviembre, 17 entidades dieron 'visto bueno' a la medida,
con lo que obtuvo el requisito necesario para su entrada en vigor.
Entre los
artículos modificados está el artículo 81, que ahora establece que el puesto
de presidente de la República “puede ser revocado en los términos establecidos”
en la Carta Magna.
El
dictamen indica que solo los ciudadanos podrán solicitar esta figura y que el
Instituto Nacional Electoral (INE) se encargaría de llevar a cargo el proceso.
En el caso
de consulta popular, la reforma subraya que no son sujetos de este recurso
los derechos humanos establecidos en la Constitución y en tratados internacionales
de los que México sea parte.
El
sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la
Federación y obras de infraestructura en ejecución tampoco podrán ser
consultadas.
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