Dolia
Estévez.
Tras la
publicación en Forbes de la lista de los diez mexicanos percibidos como los más
corruptos en 2013, Humberto Moreira amenazó con demandarme. Se ganó un lugar en
el listado–junto con Gordillo, Romero Deschamps, Salinas, García Luna, Graniel,
Yarrington, Herrera, Montiel y Sota—debido al explosivo aumento de la deuda
estatal ocasionado por el derroche y actos de corrupción durante su gestión en
Coahuila.
Christian F.
Zinser Cieslik y Asociados, el despacho mexicano que representó a Moreira,
me envió una carta tachando la lista de “difamatoria y maliciosa”. Argumentó
que su cliente había sido “exculpado” por la PGR. Zinser Cieslik demandó que
quitáramos a Moreira de la lista, contactáramos a todos los que habían
diseminado la información para pedirles que la enmendaran y nos retractáramos
públicamente diciendo que no había base para decir que el político priista era
percibido como un corrupto (24/12/2013).
Steven
Zansberg, de la firma de abogados Levine Sullivan Koch & Schulz en
Colorado, que me representó pro bono, le respondió que su queja no procedía
y citó las fuentes públicas de donde formé mi opinión sobre el listado (misiva
03/01/2014). No supimos más de Moreira o su abogado.
De ahí que, como
observó Lorenzo Meyer, lo que opinó Sergio Aguayo en 2016 de que Moreira
destilaba “un hedor a corrupción”, no salió de la nada (Reforma 21/07/2016).
“Entre las muchas fuentes que pudo haber usado Aguayo para sustentar su juicio,
se encuentra lo publicado en 2013 por Dolia Estévez en Forbes (“Los 10
mexicanos más corruptos de 2013”, diciembre 16, 2013) y ahí aparece Moreira”.
¿Por qué
entonces a mí no me demandó y a Sergio sí? Porque seguramente su abogado le
dijo que la posibilidad de ganar en las cortes estadounidenses era nula. Dada
la fuerte protección judicial de la que gozamos los periodistas y opinadores en
Estados Unidos, las demandas por difamación interpuestas por personajes
públicos, más aún si son extranjeros y peor todavía si son mexicanos con fama
de corruptos, fracasan o son desechadas por las cortes como “frívolas”.
La
justicia estadounidense está mucho menos politizada que la mexicana. Los
jueces, al margen de si son conservadores o liberales, se apegan a derecho.
Raras veces pueden ser sobornados so pena de perder el trabajo y ser
procesados. Se recusan en casos de potencial conflicto de interés.
La
protección de la gozamos los periodistas se deriva de un fallo histórico de
hace más de medio siglo. En medio de la conmoción del movimiento de derechos
civiles en los 60, seguidores de Martin Luther King publicaron un anuncio
pagado en The New York Times criticando a la policía de Montgomery, por el
maltrato a los manifestantes. L.B. Sullivan, comisionado policíaco, demandó al
diario por difamación en una corte local que falló a su favor y ordenó a The
New York Times pagar a Sullivan medio millón de dólares por reparación de
daños. El periódico apeló, pero el Tribunal Supremo de Alabama confirmó la
sentencia del tribunal de menor jerarquía.
El diario
entonces llevó el caso a la Suprema Corte de la nación. En una votación
contundente de 9 contra 0, el máximo tribunal emitió un fallo que marcó un
hito: el derecho a publicar está amparado por la Primera Enmienda
constitucional que fomenta y protege la libertad de expresión. El histórico
dictamen, conocido como “The New York Times Vs Sullivan”, restringió la
posibilidad de que personajes de la vida pública ganen demandas por difamación.
Estableció que, para que prospere ese tipo de acusaciones, el personaje público
deberá probar que el texto en cuestión fue publicado con “malicia efectiva”, o
sea, a sabiendas de que es falso o que al autor no le preocupó
irresponsablemente saber si es o no cierto.
La
resolución anuló multas acumuladas por 300 millones de dólares impuestas por
cortes estatales contra diarios locales que perdieron demandas por difamación.
La icónica
decisión arruinó el apetito de políticos y personajes públicos de usar las
leyes sobre libelo para suprimir la crítica y coartar la libertad de expresión.
En la actualidad, el fallo “The New York Times Vs Sullivan” es el precedente
más importante usado en la defensa de periodistas acusados por difamación.
Los
abogados de Morrison Foerster, la firma que me defendió pro bono, lo utilizaron
en la fracasada demanda que entabló Alejandra Sota en mi contra en 2014 por
haberla incluido en el listado de presuntos corruptos. En ese sentido, se puede
decir que Moreira fue más perspicaz que Sota. El Juez de distrito en Virginia
Liam O’Grady, catalogó a Sota como “personaje público” y resolvió que la ex
vocera de Felipe Calderón no pudo probar que hubo “malicia efectiva” en la
publicación del listado o que el contenido fuera falso, como alegó Sota, por lo
que no hubo difamación (Orden, 30/11/2015).
El fallo del
Magistrado Francisco Olea Contró autorizando el embargo de propiedades de
Aguayo si no paga 10 millones de pesos a Moreira, es una monstruosidad bajo las
leyes estadounidenses. El Magistrado actuó con el mismo dolo de sus pares en
Alabama medio siglo atrás que dio lugar al histórico fallo de la Suprema Corte
de Justicia en 1964. En México urgen leyes que fortalezcan las protecciones a
los periodistas y opinadores, y no permitan el uso faccioso de los tribunales
para inhibir la libertad de expresión, bajo el alegato de “daño moral”.
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