Por Neldy
San Martín.
Imaginemos la internet como el servicio de
televisión por cable: una internet fragmentada, empaquetada, en la que para
acceder a un contenido, aplicación o servicio se tenga que pagar más dinero.
Imaginemos
que las autoridades pudieran ordenar el bloqueo de contenidos, aplicaciones o
servicios de internet en supuestos tan amplios y vagos como “situaciones de
emergencia o de seguridad nacional”.
Así será
la web de aprobarse el anteproyecto Lineamientos para la gestión de tráfico y
administración de red para los concesionarios y proveedores de acceso a
internet, que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) puso a consulta
pública.
De acuerdo
con la campaña Salvemos Internet, una coalición formada por organizaciones y
colectivos por la defensa de la neutralidad de la red, como Wikimedia
Foundation, UNAM Civic Innovation Lab, Access Now, Observacom, R3D, Social Tic,
Derechos Digitales América Latina, Artículo 19, Data Cívica y el Poder del
Consumidor.
El
anteproyecto, difundido para su consulta pública –la cual se inició el 18 de
diciembre y concluirá el 6 de marzo–, prendió las alertas de las organizaciones
y colectivos en defensa de los derechos digitales, pues consideran que pone en
riesgo a internet como un espacio plural, abierto, libre y de ejercicio de
derechos humanos, y que amenaza la neutralidad de la red, un principio en el
que todos los datos viajan a la misma velocidad y están disponibles para todos
los usuarios.
El
anteproyecto revive artículos antineutralidad en la red, que el gobierno de
Enrique Peña Nieto intentó plasmar, sin éxito, en la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión de 2014.
Ahora, el
temor se fundamenta en que los artículos 7 y 8 de los lineamientos permiten a
los prestadores de acceso a internet –como Telmex, de América Móvil; Megacable;
TotalPlay, de Grupo Salinas; Axtel; Izzi Telecom, de Grupo Televisa; y
AT&T– poner a disposición de los usuarios servicios diferenciados o
especializados.
Pese a
que el anteproyecto del IFT advierte que los proveedores que brinden servicios
especializados no podrán degradar la calidad ni la velocidad del resto del
tráfico de internet, los especialistas consultados manifestaron que el permiso
de empaquetar los servicios abre la puerta a prácticas de gestión de tráfico discriminatorias,
basadas en criterios comerciales, que benefician directamente a las grandes
empresas.
“Esto
quiere decir que una aplicación, contenido o servicio puede pagarle al
proveedor de acceso a internet para que su tráfico tenga un trato preferencial.
Internet es una fiesta en la que cualquiera hace un producto, lo pone a
disposición y compite en igualdad de circunstancias, al menos en ese aspecto,
con el resto de las aplicaciones; pero ahora habría un cadenero al que puedes
sobornar para pasar antes a la fiesta”, explica en entrevista Luis Fernando García, director de la
Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D).
“Los
monopolios que perdieron la radio y la televisión del siglo XX están tratando
de recuperar algo a través de vulnerar la neutralidad de la red, y tener este
poder de negociación para extorsionar a los proveedores de aplicaciones,
contenidos y servicios”, con el propósito de que éstos tengan que pagarles a dichos monopolios
en aras de ser competitivos.
La
reportera buscó la postura sobre la neutralidad en la red de la multinacional
mexicana América Móvil, de Carlos Slim, y la estadunidense AT&T, pero sus
respectivas oficinas de comunicación informaron que no se pronunciarán sobre el
tema en tanto esté el proceso de la consulta pública.
Casos de
“emergencia”
El
anteproyecto permite a los proveedores de servicios de internet “limitar,
degradar, restringir, discriminar, obstruir, interferir, filtrar o bloquear” el
acceso a contenidos, aplicaciones o servicios a los usuarios finales, “en
situaciones de emergencia o de seguridad nacional”, lo que contraviene la
prohibición de la censura previa que establecen el artículo 7 de la
Constitución y al artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, así como la Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e
Internet que incluye a la ONU y a la OEA.
“Pensemos
que, en un contexto de protesta, de movilización ciudadana, se pueda argumentar
que es una situación de emergencia y querer justificar el bloqueo a plataformas
de redes sociales o distintos contenidos para contener la propagación de
mensajes”,
ejemplifica en entrevista Vladimir Cortés, oficial del programa de derechos
digitales de Artículo 19.
“Internet
es un espacio de libertades, de la libertad de expresión, de la libertad de
acceso a la información y eso tendría que seguirse garantizando; pero los
lineamientos del IFT no lo están contemplando”, agrega.
Otros
temas que preocupan a las organizaciones y colectivos de la campaña “Salvemos
Internet” es la ausencia de lineamientos que garanticen la privacidad de los
usuarios, y la falta de transparencia y de rendición de cuentas por parte de
los proveedores de acceso a internet, a quienes sólo se les exige publicar en
su portal sus políticas de gestión de tráfico, sin que el IFT se otorgue a sí
mismo herramientas para realizar monitoreos al respecto.
“El tema
de la privacidad tiene que ver con que, si yo soy un proveedor de acceso a
internet, digamos Telcel, y le quiero dar prioridad a ClaroVideo en lugar de
Netflix, necesito saber quiénes están viendo ClaroVideo y necesito monitorear
el tráfico de internet de los usuarios para poder priorizar ciertos paquetes de
datos. Esto implica tácticas de monitoreo de tráfico altamente invasivas que se
conocen como inspección profunda de paquetes, que permiten monitorear el
tráfico a un nivel muy detallado”, explica Luis Fernando García, director de R3d.
El
artículo 145 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión faculta al
IFT, como órgano autónomo y regulador, para emitir los lineamientos de carácter
general sobre la neutralidad de la red bajo los principios de “libertad de
elección, no discriminación, privacidad, transparencia e información, gestión
de tráfico y calidad”. Pero para los expertos consultados, los prelineamientos
incumplen directamente lo dispuesto por la ley.
“Nada de
esto se ve reflejado en el anteproyecto, no responde a lo que la ley le está
mandatando”, opina
Cortés, de Artículo 19.
De
acuerdo con el IFT, para poder construir este anteproyecto la Unidad de
Política Regulatoria del instituto realizó una investigación desde una
perspectiva técnica, económica y jurídica.
En respuesta
a las críticas y a la campaña “Salvemos Internet”, el IFT respondió con la
difusión de un tríptico en línea en el que catalogó de “mitos” que los
lineamientos busquen beneficiar a las empresas, al permitir dar un trato
preferencial al tráfico de aplicaciones, servicios o contenidos en internet, o
que abran la puerta a los bloqueos y la censura en la red.
“Este
anteproyecto de lineamientos protege el derecho a la libertad de expresión y
elección; y se apegan íntegramente a lo establecido en la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establece cuáles son los criterios a
seguir para la colaboración con la justicia por parte de los operadores de
servicios de telecomunicaciones, por lo que no cualquier autoridad, sino las
previstas por la propia ley, podrá solicitar bloquear aplicaciones, contenidos
o servicios en internet, sin que pueda extenderse arbitrariamente a otros”, asegura el IFT en su tríptico.
La ley de EPN.
En marzo
de 2014, en el marco del llamado Pacto por México, el entonces presidente
Enrique Peña Nieto presentó al Congreso un paquete de iniciativas de leyes
secundarias para regular las telecomunicaciones y la radiodifusión, que fueron
calificadas de restrictivas y que vulneraban la neutralidad en la red.
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