La Cámara de Diputados aprobó un
dictamen que reforma el cuarto párrafo del artículo 60 Bis de la Ley General de
Vida Silvestre, para prohibir la utilización de mamíferos marinos de cualquier
especie, como ballenas, delfines y manatíes, en espectáculos fijos o
itinerantes.
Sin embargo,
de acuerdo con Reforma, en una
modificación al dictamen que fue aceptada en la sesión pasada, se permitió que
por única ocasión se dé la reproducción de las hembras que actualmente existan,
para que haya otra generación y que, hasta la muerte de los animales que aún no
nacen, entonces sí ya no hayan delfinarios, lo cual podría ocurrir en 50 años o
más.
El dictamen también prohíbe cualquier
actividad que involucre a estas especies que realicen instituciones de
educación superior acreditadas, con excepción de la investigación orientada a
su conservación.
En los
artículos transitorios se establece que los ejemplares de mamíferos marinos que
ya están cautiverio podrán seguir en esa condición, “para que cumplan todos y
cada uno de los fines para los que recibieron la autorización correspondiente,
siempre y cuando se garantice su integridad física y su salud”.
Asimismo, se prohíbe la introducción de nuevos
ejemplares en los cautiverios, salvo los que se deriven de la aplicación del
protocolo de atención para varamientos de mamíferos marinos y los que asegure
la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
El documento
surgió de una iniciativa que el diputado Javier Herrera Berunda (PVEM) presentó
el pasado 5 de enero y tras su aprobación, con 242 votos a favor, 190 en contra
y cero abstenciones, se turnó al Senado de la República para su análisis y
eventual ratificación.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.