Con 374 votos a favor, 7 en contra y
11 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados ratificó este lunes
legalizar el uso medicinal de la mariguana.
En su último
día de labores, los legisladores dieron luz verde a la minuta que recibieron
del Senado de la República desde diciembre del año pasado, cuando aprobaron las
reformas a la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, a fin de
permitir el aprovechamiento médico de la cannabis.
Aunque se discutieron diversas
"reservas" -o posibles cambios a la minuta- el proyecto no tuvo
modificaciones y se aprobó también en lo particular con 301 votos a favor, 88
en contra y dos abstenciones, y se turnó al Ejecutivo para su publicación
inmediata en el Diario Oficial de la Federación.
La reforma establece las nuevas facultades a la
Secretaría de Salud para "diseñar y ejecutar políticas públicas que
regulen el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa,
índica y americana o mariguana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol
(THC), sus isómeros y variantes estereoquímicas, así como normar la
investigación y producción nacional de los mismos".
Asimismo, se elimina a la nabilona y al cáñamo de la
lista de las sustancias que se consideran como un problema grave para la salud
pública.
Los
legisladores consideraron pertinente que
la Secretaría de Salud sea quien otorgue las autorizaciones para importar
estupefacientes, substancias psicotrópicas, productos o preparados, incluyendo
los derivados farmacológicos de la cannabis, entre los que se encuentra el THC,
sus isómeros y variantes estereoquímicas.
Se establece que los productos que
contengan concentraciones del 1 por ciento o menores de THC, y que tengan
amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse,
cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.
También se indica que la siembra, cultivo o cosecha
de plantas de mariguana no será punible cuando estas actividades se lleven a
cabo con fines médicos y científicos, en los términos y condiciones de la
autorización, que para tal efecto emita el Ejecutivo federal.
Se aclara
que la reforma NO modifica la cantidad
que puede portar un ciudadano -que es de cinco gramos-, aunque el Ejecutivo
propuso que se aumentara a 28 gramos.
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