El Tribunal Electoral del Estado de
México (TEEM) rechazó la configuración de uso indebido de recursos públicos y
coacción del voto por parte de Isis Ávila, presidenta honoraria del DIFEM; de
la directora general del organismo y del titular de la Secretaría de Desarrollo
Social estatal con la entrega de tarjetas “La Efectiva” en los meses previos a
las campañas por la gubernatura.
Al resolver
el procedimiento especial sancionador PES/44/2017 promovido por Morena, los magistrados consideraron que los medios
de prueba fueron insuficientes para acreditar los hechos denunciados.
Tampoco, aseguraron, se acredita que
los programas sociales materia de la queja se otorgaran dentro de la
temporalidad prohibida por la norma (periodo de campañas).
Por tanto, determinaron que Isis Ávila, presidenta
honoraria del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la entidad
(DIFEM); que la secretaria general del organismo, Carolina Alanís, y el
secretario de Desarrollo Social, Arturo Osornio Sánchez, no incurrieron en uso
indebido de recursos públicos ni en coacción del voto en favor del PRI en el
actual proceso electoral por la entrega de apoyos sociales a través de la
tarjeta “La Efectiva”.
La Unidad de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México reconoce la entrega de 55
mil 939 tarjetas bancarias “La Efectiva” entre septiembre de 2016 y marzo de
2017, como parte de dos programas: Mujeres que Logran en Grande y Mexiquenses
que Logran en Grande.
La mayoría, con un monto promedio de 3 mil pesos por
unidad, lo que se traduce en la erogación de alrededor de 167 millones de
pesos.
En su
garantía de audiencia la dependencia, sin embargo, rechazó que para el otorgamiento de los monederos electrónicos se
hubiera requerido a los beneficiarios la copia de la credencial de elector,
pues el documento no forma parte de los requisitos establecidos en las reglas
de operación, si bien es necesario exhibir, a la hora de recoger la tarjeta,
una identificación oficial vigente para constatar identidad.
El pleno del
TEEM además exoneró al abanderado
priista Alfredo del Mazo Maza de presuntos actos anticipados de campaña por
conceder diversas entrevistas, y por la difusión de un video en Youtube en la
etapa previa a las campañas electorales, como acusaron Morena y el PRD
respectivamente.
También
declararon inexistentes los actos anticipados de campaña atribuidos a la
panista Josefina Vázquez Mota por la difusión de su spot “Microbús Edomex” y
por la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, como señaló
el PRI.
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