Por Mathieu
Tourliere.
La
defensa del multimillonario Ricardo Salinas Pliego y de Banco Azteca sufrió un
primer revés en su demanda por “daño moral” contra la revista Proceso: el juez
del caso se negó a acatar una solicitud de los abogados del magnate, quienes le
pedían castigar e imponer una censura total al semanario por informar sobre la
demanda.
En un fallo
dictado este lunes, el mismo juez que emitió una orden de censura previa
contra el semanario –a petición de Salinas Pliego y Banco Azteca– corrigió su
decisión y afirmó que Proceso sólo tiene prohibido informar sobre documentos
protegidos por el secreto bancario o fiduciario, que se presentarán durante el
juicio.
“No es
procedente imponer una medida de apremio a los enjuiciados por el libre
ejercicio de su libertad de expresión”, sentenció.
La
decisión del juez Sexagésimo Segundo de lo Civil, con sede en la Ciudad de
México, desmorona la estrategia de los abogados de Salinas Pliego, quienes
pretendían impedir que Proceso informe a sus lectores sobre el juicio.
El pasado
martes 22 presentaron una queja por “desacato judicial”, en la que
denunciaron que el día anterior el semanario había publicado dos notas sobre la
demanda y la medida de censura previa, “a pesar del pleno conocimiento (…) de
la prohibición de usar o divulgar cualquier información relacionada con el
presente juicio”.
Los
abogados de Salinas Pliego y Banco Azteca pidieron al juez que impusiera una “medida
de apremio que su Señoría considere oportuna y efectiva para evitar que
reincidan en la conducta prohibida”; en otras palabras, solicitaron un castigo
a Proceso para que no vuelva a publicar nada sobre el diferendo judicial.
El juez Rodrigo
Cortés Domínguez Toledano decidió hoy que la orden de censura previa “de
ninguna manera prohíbe usar, publicar o divulgar información relacionada con la
existencia y secuela procesal del presente juicio”, y determinó que “en las
notas periodísticas no se hace referencia a documentos o reservados por el
secreto bancario, fiduciario o legalmente considerados como confidenciales”.
El fallo
corrige la medida de censura previa que el mismo juez impuso en su notificación
del 3 de septiembre pasado, cuando planteó: “se previene a todas las partes,
incluyendo a los actores, demandados y a los que puedan llegar a tener acceso a
la misma, para que se abstengan de usar o divulgar la información relacionada
con el presente juicio”.
La orden
repetía prácticamente a la letra el escrito de la demanda: en ella, los
abogados de Salinas Pliego pidieron que “ordene a las partes y demás terceros
que tengan acceso a la información del presente juicio (…) para que se
abstengan de usar y/o divulgar de forma alguna la información, datos y
contenido del presente juicio”.
La defensa
de Proceso denunció que la orden judicial constituía una censura previa y
violaba el derecho constitucional a la libertad de expresión, pues el artículo
7º de la Carta Magna define como “inviolable” la libertad de “difundir
opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio”, y que “ninguna
ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de
difusión”.
Después que
el semanario informó sobre la medida de censura previa en su portal de
noticias, medios de comunicación y organizaciones de la sociedad civil
condenaron dicha medida, entre ellos Pie de Página, Quinto Elemento Lab,
Artículo 19, Reporteros Sin Fronteras, el Comité de Protección a Periodistas
(CPJ) o Edison Lanza, relator especial para la libertad de expresión de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Varios
medios difundieron información respecto de la censura –Aristegui Noticias,
Animal Político, SinEmbargo y Reforma–, mientras que muchos más lanzaron la
campaña: “Este es el reportaje que Salinas Pliego no quiere que leas” y que
consistió en reproducir la información sobre el involucramiento de Salinas
Pliego en el caso Fertinal, publicado por Proceso en julio pasado, que originó
la demanda por “daño moral”.
En su
demanda por “daño moral”, presentada el pasado 26 de agosto, Salinas Pliego y
Banco Azteca afirmaron que Proceso orquestó una “campaña de desprestigio” en su
contra, “con el único propósito de sembrar en la población mexicana una idea
errónea y negativa” y difundir la noción de que “el señor Ricardo Salinas
Pliego es una persona corrupta”.
Atacaron
principalmente la edición 2229 del semanario, en cuya portada aparecía el
rostro sonriente del magnate, con la leyenda: “Pemex-Fertinal: El gran fraude
de Salinas Pliego”, y su texto de apertura titulado: “Salinas Pliego, el
magnate que movió los hilos de la estafa Pemex-Fertinal”.
Dicho
reportaje mostró los vínculos del empresario con una red de sociedades offshore
que tuvieron acciones de Grupo Fertinal entre 2006 y 2016. También dio a
conocer que empleados de Grupo Salinas ocuparon puestos clave en la empresa,
mientras Banco Azteca se convirtió en su “tesorería” mediante el fideicomiso
F470.
En su
defensa, Proceso presentó decenas de documentos que sustentan cada párrafo
publicado en sus sucesivas ediciones, y contestó puntualmente a los 122
reclamos presentados por los abogados del magnate y su banco.
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