Por Pedro
Zamora Briseño.
La
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)
autorizó a la empresa minera Peña Colorada la construcción, en el municipio de
Minatitlán, de un depósito de desechos que implicará la remoción de una
superficie de 133 hectáreas de vegetación secundaria arbórea de selva baja y
bosque de encino.
La obra
tendrá una capacidad de almacenamiento de 54 millones 900 mil metros cúbicos de
material estéril proveniente de la operación minera que será depositado en
cuatro etapas a lo largo de un periodo de ocho años.
Denominado
“Nuevo taller y terrero oriente”, el proyecto general se pretende
desarrollar sobre una superficie total de 155 hectáreas de terreno, donde
también se prevé la construcción de infraestructura para proporcionar
mantenimiento de equipo móvil, servicios administrativos, servicios en general
e insumos (principalmente refacciones y combustible diésel).
La
resolución, fechada el 18 de octubre pasado, establece que el proyecto
consiste en un conjunto de obras y actividades asociadas a la actividad minera
que lleva a cabo la empresa promovente, que “permitirán aumentar la
productividad, incrementar la seguridad operativa y contar con nuevas
instalaciones y tecnologías para el mantenimiento de equipo pesado, para que la
unidad minera continúe operando de manera segura”.
Sin embargo,
el proyecto fue autorizado de manera condicionada en materia de impacto ambiental
y por excepción en lo que se refiere al cambio de uso de suelo en terrenos
forestales.
Entre las
condicionantes, la Semarnat dispuso que previo al desarrollo de cualquier
obra o actividad relacionada con el proyecto, las autoridades competentes de Colima,
en coordinación con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI),
deberán establecer si en la zona de desarrollo del proyecto, existe la
presencia de población indígena y, en consecuencia, sea necesario llevar a cabo
la consulta indígena.
Así también,
conforme a la legislación sobre obras en lugares donde existen cuerpos de
agua, especies de flora y fauna silvestre o especies endémicas, amenazadas, en
peligro de extinción o sujetas a protección especial, la dependencia federal
determinó que la empresa presente la propuesta de la adquisición o contratación
de un instrumento de garantía que asegure el debido cumplimiento de las
condicionantes, así como para la atención de las posibles contingencias que
puedan generarse durante las diferentes actividades que involucra el proyecto.
La
autorización obliga a la minera a incluir todas las medidas de control,
prevención y mitigación propuestas en la documentación que presentó, que
deberán ser incorporadas dentro de los programas del Plan de Manejo Ambiental
(PMA), y ser considerados como programas específicos.
Además de
las actividades de reforestación ofrecidas por la empresa minera para mitigar
el impacto ocasionado por la disminución de captura de agua, la Semarnat condicionó que
desarrolle un programa de restauración en una superficie cinco veces mayor a
las 133 hectáreas afectadas como medida ambiental compensatoria.
Lo
anterior, debido a que el impacto ambiental generado por la pérdida de
vegetación que se removerá “no tan solo repercute a nivel de pérdida de
servicios ambientales y hábitats los cuales forman parte de los sitios donde
habitan especies en alguna categoría de riesgo, sino también trasciende en la
captación de agua de lluvia, humedad, retención de carbono, entre otros”.
Las acciones
señaladas, advirtió la dependencia, no son susceptibles de ser modificadas
porque los objetivos son compensar los impactos ambientales derivados de la
pérdida de vegetación ocasionada por las obras o actividades del proyecto, que
se restablezcan o restauren áreas de anidación, refugio y alimentación que se
afectarán, así como conservar e incrementar la superficie de la cubierta con
vegetación para la protección y retención de suelos, con el propósito de
mantener el equilibrio funcional del ecosistema afectado.
En
relación con el manejo de residuos, el programa deberá incluir las acciones
consideradas.
Durante
las diferentes etapas del proyecto, en lo referente al mantenimiento de la
infraestructura y residuos peligrosos, “detallando el tipo de mantenimiento,
temporalidad y el manejo que se dará a los aceites gastados; asimismo deberá de
reportar en su caso cualquier incidente generado que conlleve a derrames de
residuos, así como las medidas que se tienen contempladas implementar”.
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