Por Pablo
Gómez.
La
ciudadanía vota cada tres años, luego de lo cual no se le vuelve a preguntar
nada hasta nuevas elecciones. El resto de asuntos políticos corresponde a los
políticos, en especial a los gobernantes. Esa es la democracia formalista y concursal.
La 4T
plantea el método de consulta popular. Las democracias formales suelen
ampliarse con mecanismos plebiscitarios y refrendarios; algunas que tienen
sistema presidencial también cuentan con métodos revocatorios de mandato. Ya va
siendo hora de que México emprenda un pequeño salto desde su democracia formal,
acartonada y engañosa, es decir, poco democrática, hacia un nivel participativo.
En febrero
de 2022 habrá procedimiento de revocación de mandato, pero en lugar de que
sea a pedido de las oposiciones, en esta primera vez la solicitud popular la
organizará el propio presidente de la República, el revocable. Bueno, por algún
lado se empieza.
El mismo Andrés
Manuel López Obrador ha estado planteando, desde antes de asumir su actual
cargo, que la ciudadanía decida si los expresidentes deben acaso ser
denunciados por el gobierno con miras a la apertura de procesos penales. Sin
embargo, una pregunta así formulada difícilmente podría embonar con el esquema
de consulta popular definido en la Constitución, aunque puede encontrarse una
forma de resolver el asunto.
La Carta
Magna contiene un procedimiento popular decisorio. No se trata sólo de que
se manifieste la opinión mayoritaria de la ciudadanía, sino que, a través del
voto, se emita un dictado de obligatorio acatamiento para las autoridades.
Denunciar desde el Ejecutivo y acusar por parte de la Fiscalía a una o varias
personas no entra en ese método de adoptar decisiones populares, ya que
obligaría al presidente, primero, y al fiscal general, después, a actuar contra
varias personas físicas (expresidentes) que tienen el derecho humano al debido
proceso desde la investigación. La consulta popular es un medio de apoyar o
rechazar políticas públicas o normas, pero no personas.
Es
posible y hasta probable que la Suprema Corte no admitiera una consulta cuyo
resultado podría hacer obligatoria la presentación de denuncias y, luego, de
acusaciones penales. En tal circunstancia, el Congreso estaría impedido de
convocarla.
Sin embargo,
el mismo Congreso podría iniciar el examen de una iniciativa de ley
presentada por el Poder Ejecutivo para conceder amnistía a los expresidentes
por actos u omisiones que hubieran cometido durante su mandato, luego de lo
cual, el mismo presidente podría solicitar al Congreso la convocatoria a
consulta popular. Esta sería un plebiscito sobre un proyecto en trámite. Si a
la votación concurriera más del 40% de los inscritos en el padrón electoral, la
decisión mayoritaria sería vinculante para el Congreso.
Hay que
aclarar que si el proyecto de amnistía fuera apoyado o rechazado por el pueblo,
de igual forma el fiscal general podría investigar lo que debiera, otorgando
plenas garantías a los posibles acusados. Pero la ciudadanía habría tenido
ocasión de resolver sobre la vieja tradición –norma no escrita— de que en
México los presidentes son intocables cuando están en el cargo y cuando lo han
dejado: un asunto político que ya no sería exclusivamente de los políticos.
Andrés
Manuel López Obrador tiene bases razonables para pensar que el nuevo
presidente no debería provocar o exigir la persecución penal de sus
antecesores, los cuales fueron, además, defraudadores electorales. Este es un
punto de vista de carácter estrictamente político que busca evitar un clima de
mayor confrontación en el país. Sin embargo, es probable la existencia de una
gran corriente ciudadana en desacuerdo con esa forma de analizar el asunto.
Votar
contra un proyecto de ley suele tener el significado de promover una acción o
norma en sentido contrario que goce de plena justificación democrática. Esas
situaciones se han producido en Sudamérica en relación con leyes de perdón. En
México no tenemos esas leyes, pero contamos con tradiciones de impunidad. En el
fondo es algo semejante.
El
estatus de facto de los expresidentes ha operado quizá como un cerrojo de la
cláusula constitucional de no reelección. El asesinato de Álvaro Obregón fue un
acto demasiado fuerte que llevó a eliminar nuevamente la reelección, pero sin
represalias contra el mandatario anterior. Todos los políticos quedaron
contentos: si aquél era impune, ellos también.
Plutarco
Elías Calles fue metido en un avión rumbo a Los Ángeles y Carlos Salinas de
Gortari salió corriendo a Irlanda, pero nadie había intentado encausarlos.
Gustavo
Díaz Ordaz y Luis Echeverría fueron enviados por un tiempo al extranjero como
embajadores. Ahora
mismo se encuentran fuera del país Ernesto Zedillo y Enrique Peña Nieto.
El exilio
no es castigo para un expresidente, sino que puede darle tranquilidad, aunque
también la tienen, al parecer, Vicente Fox y Felipe Calderón, aunque ahora sin
pensión vitalicia. El único expresidente que fue sometido brevemente a proceso
penal con prisión preventiva domiciliaria fue Luis Echeverría, pero,
atrozmente, el Poder Judicial declaró prescritos los delitos. Todo lo anterior
ocurrió con base en la norma virtual de impunidad penal de quienes fueron
presidentes.
Habría
que acompañar la consulta popular sobre la amnistía (olvido penal) de
expresidentes, en agosto de 2021, con un par de temas que también sean de
innegable trascendencia nacional, tales como eliminar el llamado fuero
(inmunidad procesal penal) a nivel de todo el país y reducir a la mitad el
monto del financiamiento de los partidos.
Esos son
temas de fuerte controversia, cuya solución conllevaría reformas políticas
mediante decisiones del pueblo y no sólo de los políticos, como hasta ahora.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.