La Procuraduría Federal de Protección
al Ambiente (Profepa) clausuró el proyecto carretero Atotonilco-Las Amecas, en
el municipio de Valparaíso, Zacatecas, por no contar con las autorizaciones
federales en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos
forestales que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(Semarnat).
Personal de
la Delegación de la PROFEPA en la entidad realizó
una visita de inspección en la zona junto con elementos de la Policía Estatal y
del 53 Batallón de Infantería de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena),
y constató que en el lugar de la construcción hay una ampliación del camino
original, a una anchura promedio de 20 metros que afectó una superficie total
de 16 mil 800 metros cuadrados de suelo en terreno forestal.
Los
inspectores de la Profepa observaron
cortes, elaboración de terraplenes, movimiento de tierra y colocación de base
hidráulica sobre la carretera en construcción; también detectaron que se
derribó vegetación forestal y se afectaron especies de Pino (Pinus sp.),
Manzanilla (Arctostaphylos pungens), Palma (Yuca sp.) y Jaral (Cistus
laurifolius).
Por ello la Profepa pidió a los
responsables del proyecto carretero las autorizaciones en materia de impacto
ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales, pero durante la
diligencia no las exhibieron.
Como medida de seguridad, la
dependencia ordenó la clausura total temporal de todas las obras del proyecto,
así como el aseguramiento de la maquinaria utilizada para la realización del
mismo. Además, informó que se iniciará procedimiento administrativo en contra
del Centro SCT Zacatecas.
El Centro SCT en Zacatecas solicitó a
la Delegación de la Semarnat en la entidad, la exención de la presentación de
la manifestación ambiental para el proyecto Atotonilco – Las Amecas del Km
0+000 al Km 10+000 pero dicho trámite no fue procedente mediante Oficio No.
DFZ152-203/15/1393, de fecha 19 de agosto de 2015, añadió la Profepa.
En ese
oficio la Semarnat señala al Centro SCT en Zacatecas que para la realización de
las actividades en comento, se requiere la remoción de vegetación forestal por
lo que se requiere la presentación de una manifestación de Impacto Ambiental.
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