Los tribunales castrenses pueden
juzgar a militares por delitos del ámbito civil, como el soborno o cohecho,
siempre y cuando afecten el orden y la disciplina de las Fuerzas Armadas.
Así lo estableció la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) al negar un amparo a un cabo oficinista del
Ejército que cobraba para no registrar las inasistencias de los jóvenes obligados
a prestar su servicio militar, una práctica extendida en el Ejército mexicano.
En un
segundo caso relacionado con la aplicación del fuero militar sobre los civiles
resuelto por los ministros en las sesiones de pleno esta semana, la Corte reiteró el criterio de la
competencia de los tribunales militares en casos que afecten a la disciplina
militar.
Durante una
primera negativa de amparo, dijo que el
fuero castrense debe aplicarse incluso cuando se trate de asuntos que pueden
ser conocidos por la justicia ordinaria, como en el caso de delitos contra la
salud. La condición es que para cometer ese delito haya utilizado recursos de
las Fuerzas Armadas que se le hayan dado para su trabajo.
El mismo
criterio aplicó la Corte contra el cabo oficinista, quien fue acusado de
cohecho por exigir dinero a tres personas para no registrar sus faltas al
servicio militar. Según la acusación, el cohecho ocurrió entre julio y agosto
de 2011.
En su defensa, el cabo aseguró que se
trataba de una infracción a los deberes militares, pero los ministros dijeron
que su conducta incidía directamente en el orden y la disciplina castrense.
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