La Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) validó el uso de la fuerza como está previsto en
la llamada Ley Atenco, promovida por el gobernador priista Eruviel Ávila.
Aunque la semana pasada resolvió que el uso de la fuerza no
debe ser el primer recurso de los cuerpos policiales, el pleno de ministros le
dio el aval constitucional al uso de la fuerza como se aprobó en la ley, al
señalar que debe estar sujeto al cumplimiento del reglamento policial.
Al seguir con el juicio de acción inconstitucional promovido
por las comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos, así como una mayoría
del Congreso del Estado de México, el pleno de ministros mantuvo los artículos
39 y 16 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en la entidad.
Respecto del artículo 39, señaló que el propósito es “la
exacta observancia de la ley” en la manera en que se debe proceder en casos de
reuniones o manifestaciones, de acuerdo con el reglamento policial.
Es adecuado que en los reglamentos se desarrollen los
planes, estrategias y programas concretos de actuación para el caso de las
reuniones o manifestaciones, señalaron los ministros.
La Corte también dio
validez al artículo 16 de la ley, porque a pesar de su falta de precisión de lo
que debe entenderse como manifestaciones o reuniones, “violentas o ilegales”,
su determinación “no es indiscriminada ni arbitraria”, sino que debe hacerse
“de manera sistemática con los principios generales” que se derivan de la ley.
Los ministros también
desestimaron la acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 14 y
15 de la ley, sobre el uso de la fuerza en el contexto de las asambleas y
manifestaciones.
A pesar de que hubo
seis votos en contra, los artículos se mantuvieron en la ley debido a que no se
alcanzó la votación de ocho ministros requeridos para declarar inconstitucional
una norma.
Para el ministro Alberto Pérez Dayán, los riesgos de uso
abusivo de la fuerza se reducen porque los policías “tienen el deber de distinguir
entre manifestantes pacíficos y agentes provocadores”.
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