Por Gloria
Leticia Díaz.
El jueves 26
se cumplen cinco años de la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa. Por
ese caso fueron consignadas 142 personas; sin embargo, 77 de ellas han
obtenido su libertad por diversas anomalías en el proceso. Peor aún: la cifra
de presuntos implicados liberados podría crecer si la FGR no logra acreditar
que las declaraciones de tres personas aprehendidas fueron obtenidas de manera
lícita.
De no
atenderse los lineamientos establecidos por el Poder Judicial de la Federación,
el próximo jueves 26, cuando se cumplen cinco años de la desaparición forzada
de los 43 normalistas de Ayotzinapa, podrían ser liberados otros tres
involucrados en esos hechos.
La
tendencia de liberaciones, que hasta ahora suman 77 de las 142 personas consignadas
durante el sexenio pasado –entre ellas la de Gildardo López Astudillo, él único
con sentencia absolutoria– continuaría entre el miércoles 25 y el jueves 26 si
la Fiscalía General de la República (FGR) no entrega al Juzgado Primero de
Procesos Penales, de Matamoros, Tamaulipas, los Protocolos de Estambul para
determinar si las declaraciones de Carlos Canto Salgado y Raúl Núñez, también
detenidos, fueron obtenidas de forma lícita o bajo tortura, toda vez que fueron
utilizadas para inculpar a otros tres implicados en el delito de delincuencia
organizada.
El jueves
12, el juez Samuel Ventura Ramos emitió un acuerdo por el que emplaza a la
FGR a entregar la documentación en los próximos 10 días naturales, a los que se
suman 72 horas, para resolver la situación jurídica de tres inculpados, Eury
Flores López, Mateo Palacios Benítez o Mateo Benítez Palacios, y Salvador
Palacios Benítez o Salvador Benítez Palacios, señalados en su momento por la
Procuraduría General de la República (PGR) como integrantes de una célula del
Grupo Guerreros Unidos, denominada Los Peques o Los Tilos, quienes impugnaron
autos de formal prisión de octubre de 2017.
En su
acuerdo –consultado por este semanario– toma como base la resolución de un
amparo en revisión, el 242/2018, emitido el 22 de agosto de 2019 por el Primer
Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito de Reynosa, que tuvo por ponente
al magistrado Mauricio Fernández de la Mora.
En apego a
dicha resolución, el juez Ventura Ramos ordena dejar insubsistentes autos de
formal prisión del 2 y 7 de octubre, “así como todo lo actuado con
posterioridad a la declaración preparatoria de los referidos indiciados, ello
con el propósito de recabar experticias por peritos independientes, conforme al
Protocolo de Estambul”, de Canto Salgado y Núñez Salgado, dos de las seis
declaraciones que integran el cúmulo probatorio, compuesto por 12 elementos
contra los tres inculpados.
En caso
de que la FGR no entregue en el plazo fijado los dictámenes requeridos, al
resolver la situación jurídica de los indiciados “deberá tomarse en cuenta la
demora en la presentación o puesta a disposición, las múltiples lesiones que
presentaron los declarantes, además de todos los fallos protectores emitidos
por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito en el Estado de
Tamaulipas”.
(Fragmento
del reportaje especial publicado en Proceso 2238, ya en circulación)
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