Por Neldy
San Martín.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) anunció que analiza las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y
al Código Penal Federal publicadas el pasado 1 de julio en el Diario Oficial de
la Federación (DOF) para valorar si vulneran derechos y libertades y, en su
caso, interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN).
Luego que
organizaciones de la sociedad civil en defensa de los derechos digitales y la
neutralidad en la red exigieran a la CNDH interponer una acción de
inconstitucionalidad en contra de las medidas antes del 31 de julio, el
organismo autónomo anunció que se encuentra “estudiando minuciosamente” y
analizando, a la luz del texto constitucional, el contenido de las reformas.
“Para
dilucidar si pudiesen incumplir con los mandatos constitucionales en materia de
derechos humanos, esto es, si pudieran conculcar derechos humanos y libertades
reconocidos en el bloque de constitucionalidad”, manifestó la oficina de la
ombudsperson.
El
organismo, cuya titular es Rosario Piedra, señaló que en el supuesto de que
las recientes reformas y adiciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal
del Derecho de Autor pudieran vulnerar o afectar derechos fundamentales se
procederá a la elaboración de la acción de inconstitucionalidad.
“De
acuerdo con la facultad que le otorga a esta Comisión el artículo 105, fracción
II, inciso g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para
someter al escrutinio constitucional del Máximo Tribunal del país esas
reformas, a efecto de que se invaliden las disposiciones que vulneren los
derechos humanos de las personas”, explicó.
El
Congreso se apresura a aprobar, sin discusión, los pasados 29 y 30 de junio,
las reformas en la materia como parte de las leyes secundarias del Tratado
entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) para “armonizar” la legislación
nacional conforme al capítulo 20 del Tratado sobre Derechos de Propiedad
Intelectual.
Entre las
medidas, que entraron en vigor el pasado 2 de julio, se encuentra un mecanismo
llamado de “notificación y retirada”, con el que se obliga a los proveedores de
servicios de Internet a remover cualquier contenido de un usuario, como puede
ser un meme, fotografía o video, cuando una persona alegue que se violan sus
derechos de autor, sin necesidad de aportar pruebas y sin la orden de una
autoridad judicial.
ONGs y
colectivos aseguran que esta disposición es inconstitucional al tratarse de una
medida de censura extrajudicial que viola la libertad de expresión, consagrado
en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en tratados internacionales.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.