Una jueza federal desechó los
primeros 50 amparos presentados por particulares contra la liberalización del
precio de las gasolinas y los nuevos esquemas para su comercialización, con el argumento de que no es la vía
jurídica para impugnar si una política pública en materia económica es correcta
o no.
Las
resoluciones fueron dadas a conocer este viernes por la jueza segunda de
Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica,
Radiodifusión y Telecomunicaciones, Silvia Cerón Fernández, quien consideró las
demandas “notoriamente improcedentes”, conforme a lo contenido en los
artículos 61 y 77 de la Ley de Amparo, los cuales establecen que éste sólo se
puede otorgar si la sentencia está en posibilidad de ofrecer una reparación del
acto reclamado.
Para la impartidora de justicia, la
improcedencia del juicio de amparo para impugnar el nuevo esquema de precios de
la gasolina se deriva de que —aun cuando
se concluyera el análisis del fondo— la sentencia no podría obligar a los
expendedores de combustible a volver a los precios anteriores que les fueron
impuestos por una autoridad administrativa dependiente del Poder Ejecutivo.
Además, la juez especializada en
competencia económica advirtió que la
concesión de un amparo de carácter individual contra el gasolinazo, tendría
efectos generales para el resto de la población, situación que no está
contemplada en la Ley de Amparo vigente y que, además, se contrapone al
artículo 25 constitucional en el que se reconoce la rectoría general del Estado
en materia de política económica.
La sentencia agregó que “las políticas de Estado” en materia
económica solo pueden ser instrumentadas por las autoridades que están
facultadas para tomar decisiones en ese rubro, por lo que un juez está
obstaculizado para dar órdenes a las secretarías de Hacienda y Economía sobre
las medidas de carácter económico que pone en marcha.
La juzgadora señaló que dar órdenes
a esas dependencias para cambiar la política económica equivaldría a sustituir
la competencia de los Poderes Ejecutivo y Legislativo en materia de finanzas
públicas, violando así la división de poderes que la Constitución contempla.
“No
corresponde al juzgado federal imponer una obligación a los expendedores de
gasolina, para que realicen el cobro de los productos que venden bajo
determinados precios, ya que esa es una decisión regulatoria discrecional que
corresponde a las autoridades rectoras de la economía nacional”, concluyó.
De acuerdo con reportes del Consejo
de la Judicatura Federal, se presentaron cerca de mil 350 amparos contra el
gasolinazo con diferentes argumentos, por lo que todavía faltan por resolverse alrededor de mil 300 demandas.
Incluso, la juzgadora federal citó
varias jurisprudencias de aplicación obligatoria, entre ellas una de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación en el que se advierte que resolver sobre asuntos
económicos llevaría al Poder Judicial “a sustituir la competencia legislativa
del Congreso”, puesto que no le corresponde “analizar si esas clasificaciones
económicas son mejores o si otras resultan necesarias”.
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