El abogado
laboralista Carlos de Buen aclaró en entrevista cuál ha sido el motivo por el que el presidente del Sindicato Nacional
de Trabajadores de la Educación (SNTE), Juan Díaz de la Torre, ha debido
suspender su labor como tal.
–Entonces,
¿de qué se trata? –se le pregunta.
“Es un
amparo que se promueve porque es un tema histórico, porque cuando detuvieron a
la profesora, ella se dirigía a una reunión del Consejo del SNTE, y en esa
reunión pues se tenían que aprobar los estatutos, según lo había determinado un
Congreso que se había celebrado unos meses atrás, y ese era, realmente, el tema
central de la reunión, pero en esa
reunión digamos que se valieron de la detención de la profesora para nombrar a
Juan Díaz de la Torre como presidente del Consejo General para el
Fortalecimiento de la Educación que es, digamos, el cargo máximo unipersonal
del sindicato, y con ello violentaron el estatuto del sindicato”, detalló.
Enseguida señala que lo anterior
salió a relucir al obtenerse una copia del acta levantada hace cinco años,
respecto de los acuerdos tomados en ese Consejo, y en vísperas del Congreso
Nacional del SNTE, a celebrarse en Puerto Vallarta, Jalisco, del 12 al 14 de
febrero.
“Se promovieron varios amparos, en
realidad, en concreto, uno de ellos, en Baja California, un juez concedió la
suspensión del acto reclamado, para que la toma de nota que, en su momento,
expidió el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, no pudiera surtir
efectos respecto del nombramiento de Juan Díaz de la Torre como presidente del
Consejo”, y esto –admitió– “puede tener muchas repercusiones”.
El punto es
que, desde hace cinco años, esta
presidencia del SNTE ha tomado ciertas decisiones y asumido diversas
responsabilidades que, indica, “a juicio nuestro él ha llevado a cabo con un
nombramiento espurio, en el sentido de que no cumplió los requisitos del
estatuto”.
Luego
explica que, en estos momentos, sólo
tienen una suspensión provisional, pero de ganarse el amparo, Díaz de la Torre
tendría que responder por todo lo que ha hecho en su carácter de presidente del
SNTE.
“¿Consecuencia?
Todos los acuerdos con la Secretaría de
Educación Pública, con las delegaciones estatales, etcétera, serían nulos”,
acota.
El asunto
principal, aclara, es que, de acuerdo
con sus estatutos, no tenían por qué destituir a Elba Esther Gordillo como
presidenta del SNTE, ya que “hablaron de ausencia”, sin derecho de audiencia e
incumplieron con sus propios estatutos sindicales.
–En el fondo, ¿esto es por violar los
estatutos del sindicato?
–En el fondo es eso, por violar los
estatutos del sindicato –sentencia.
“Esa
violación implicó dos temas centrales: uno,
la ilegal destitución de la profesora Elba Esther Gordillo como presidenta del
Consejo General, y el nombramiento, también contrario al estatuto, de Díaz de
la Torre como presidente del Consejo General”, puntualiza.
De Buen
destacó que, además, Díaz de la Torre se
conduce como presidente y secretario general del SNTE, que son dos actividades
que, de acuerdo con los estatutos sindicales, deben desempeñar personas
distintas porque, inclusive, la primera tiene control sobre la segunda,
enfatiza.
También
puntualiza que, aunque la suspensión
provisional haya sido otorgada por un juez de distrito en Baja California, el
efecto es nacional, debido a que se trata de un juzgado federal, “y con ello
está suspendiendo los actos de otra instancia federal, que es el Tribunal
Federal de Conciliación y Arbitraje, instancia que es la que reconoce a Juan
Díaz de la Torre como presidente del Consejo” del SNTE.
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