Por Nayeli Roldán.
Petróleos Mexicanos
obtuvo uno de los permisos establecidos en la ley para poder operar la
refinería en Dos Bocas, Tabasco. Se trata de la autorización para el
procesamiento de crudo para los siguientes 30 años, emitida por la Secretaría
de Energía encabezada por Rocío Nahle, quien también es coordinadora del
proyecto.
El permiso de
refinación fue concedido el 15 de marzo pasado a Pemex Transformación
Industrial, pero aún falta la Manifestación de Impacto Ambiental, el permiso
más importante que determinará la viabilidad del proyecto en materia medio ambiental,
según lo establece la Ley de Equilibrio Ecológico.
Dicha evaluación debe
ser presentada ante la Agencia de Seguridad Energía y Ambiente (ASEA),
Organismo Desconcentrado de la Semarnat, y publicada en la Gaceta Ecológica,
pero hasta el momento no se ha registrado.
También está pendiente
la Evaluación de Impacto Social, que evalúa las afectaciones y beneficios de un
proyecto en materia energética para la población y comunidad aledaña, según
establece la Ley de Hidrocarburos, que debe ser autorizado por la Secretaría de
Energía, entre otros requisitos.
El permiso
SENER-REF-007-2019 fue firmado por el subsecretario de Hidrocarburos, Miguel
Ángel Maciel Torres, considerando que la información proporcionada por Pemex
cumplió con los requisitos legales para conseguirlo.
La autorización permite
a Pemex el derecho de “realizar las actividades de refinación de petróleo en la
sección suroeste del predio de la Terminal Marítima de Dos Bocas, en el
municipio de Paraíso, en el estado de Tabasco, en el cual comprende los procesos
físicos y químicos a los cuales se somete el petróleo, para convertirlo en
petrolíferos y petroquímicos entre otros productos, para su empleo como insumo
en procesos industriales, o para su consumo final”.
De acuerdo con el sexto punto, la vigencia del permiso será de 30 años a partir de la fecha de
otorgamiento, con la posibilidad de ampliar una vez por 15 años más.
Entre las obligaciones
que debe cumplir la refinería está presentar anualmente un programa de
mantenimiento de sus sistemas e instalaciones, y comprobar su cumplimiento con
el dictamen de una unidad de verificación acreditada.
También llevar un
libro de bitácora para la operación, supervisión y mantenimiento de obras e
instalaciones, así como capacitar a su personal en materia de prevención y
atención a siniestros.
Otra bitácora que al
menos contenga los reportes de producción con su respectiva medición y calidad
de los productos finales, derivados de sus procesos para la supervisión de la
operación de su instalación de refinación de petróleo, y mantenerla a
disposición de la Secretaría de Energía por periodos de cinco años.
Además de avisar el
inicio de operaciones cuando menos 10 días antes, y la resolución que emita la
Secretaría sobre la evaluación de impacto social.
Cumplir en tiempo y
forma con las solicitudes de información y reportes que pudiera solicitar la
Secretaría de Hacienda. Y permitir las visitas de verificación por parte de la
Secretaría de Energía o de la Agencia de Seguridad Energía y Ambiente (ASEA).
Incluso, obstruir esto último podría ser causal de revocación del permiso.
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