El Primer
Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo concedió un amparo al Sindicato
Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la
República Mexicana (SNTMMSSRM) que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, que obliga
a la empresa Grupo México a respetar la huelga en la mina de San Martín
Sombrerete, Zacatecas.
La
resolución de los magistrados ordena a la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje dejar sin efecto el laudo del 2 de abril de este año, que derivó del
conflicto laboral entre el sindicato y la empresa que encabeza Germán Larrea.
Además,
que en la reposición del procedimiento determine nuevamente la conformación del
padrón de empleados con derecho a voto con base en las personas que figuran con
el carácter de trabajadores que data de 14 de agosto de 2013.
La junta
deberá determinar que la copia del laudo dictado en el expediente laboral
número 1791/2013, del índice de la Junta Especial Número Diecinueve de la
Federal de Conciliación y Arbitraje, que data del 28 de enero de 2014, no tiene
valor probatorio alguno; y, al resolver la controversia, aplicar el contenido
del primer párrafo del Artículo 902 de la Ley Federal del Trabajo, determinando
lo que en derecho proceda.
En julio de
este año, integrantes de la sección 201 del Sindicato Minero realizaron una
asamblea conmemorativa en su auditorio sindical, a 12 años que estalló la
huelga en la mina San Martín, del municipio de Sombrerete.
En dicha
asamblea reiteraron al gobierno federal la exigencia de que se expulse del
yacimiento a “los esquiroles con los que ilegalmente Grupo México opera esa
mina, tras romper la huelga en agosto de 2018″; sin embargo, en junio de este
año el Juzgado Tercero de Distrito en materia del Trabajo les concedió un
amparo para reactivar la huelga.
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