Por Gloria
Leticia Díaz.
La Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llamó al fiscal general de la
República, Alejandro Gertz Manero, a “no persistir en la intención de modificar
el tipo penal de feminicidio”, al calificar como “un retroceso” su intención de
cambiar ese delito por el de homicidio agravado.
El
organismo fijó su posicionamiento al conocerse los argumentos de Gertz Manero
para impulsar la modificación como parte de las reformas al sistema penal
judicial, con la finalidad de “facilitar su investigación y judicialización en
función de la búsqueda de una mejor defensa del derecho de las mujeres a una
vida libre de violencia”.
La CNDH hizo
un recuento de las razones por la que el feminicidio se incluyó en la
normatividad penal, como “un avance definitivo en el reconocimiento del
carácter de violencia extrema resultante de la posición de subordinación,
marginalidad y riesgo en que se encuentran las mujeres en México”.
Resaltó
que la tipificación responde a obligaciones internacionales contraídas por el
país, el trabajo legislativo, las propuestas del movimiento feminista así como
de instituciones y especialistas en el tema, que “visibiliza una situación
estructural de violencia sustentada en una cultura de odio y discriminación
hacia las mujeres”.
Al
considerar que los cambios “invisibiliza el componente de odio contra las
mujeres”, el organismo puntualizó que el proyecto de la FGR “busca perpetuar
patrones culturales de subordinación, inferioridad y opresión de las mujeres”,
niega el acceso a la justicia de las mujeres, ya que “cancela la exigencia de
que las investigaciones penales sean exhaustivas, eficaces, serias e
imparciales”.
Lo
anterior, sin contar que niega la existencia de “la violencia previa,
continuada y mantenida en el tiempo, no garantiza una respuesta adecuada del
Estado ni la debida diligencia de sus instituciones”, omitiendo que las
investigaciones sean abordadas desde la perspectiva de género.
El
organismo resaltó que atender el argumento de la FGR de modificar el tipo penal
para “facilitar la investigación, de resolver el ‘trabajo’ (sic) de consignar y
judicializar el feminicidio, implica la violación al artículo 1º Constitución
por el incumplimiento de normas, principios y estándares vinculantes en materia
de prevención investigación, sanción y garantía de reparación eficaz y justa
ante el feminicidio”.
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