Por Redacción Animal Político.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso que durante el
próximo periodo ordinario de sesiones aclare cómo se debe calcular el salario
del Presidente de la República, que establece el tope para todos los demás
funcionarios del país.
En un comunicado, la
Corte informó que tras el análisis de las impugnaciones a la Ley Federal de
Remuneraciones de los Servidores Públicos, siete ministros se pronunciaron por
la invalidez total de la misma, “por considerar que incurre en diversas comisiones
legislativas, consistentes en no establecer parámetros y lineamientos para la
fijación de los salarios del Presidente y otros funcionarios”.
Sin embargo, al no
haberse alcanzado la mayoría calificada de al menos ocho votos, el asunto se
desestimó.
Después, en un análisis punto por punto de la Ley, el Pleno invalidó los artículos 6, párrafo
primer, fracciones II, III y IV, incisos b) y c), párrafo último, y 7, párrafo
primero, fracción I, inciso a), II y IV de la ley, por estimar que permiten el
establecimiento discrecional de remuneraciones.
El Pleno también hizo
una interpretación de la Ley, en el sentido de que los créditos y préstamos, a
los que alude en su artículo 12, no podrán ser considerados como parte
integrante de las remuneraciones de los servidores públicos.
“La ley impugnada
contiene una redacción imprecisa, que permite interpretar que el legislador
ordinario considera a los créditos y préstamos como parte integrante de las
remuneraciones de los servidores públicos, en contravención a lo que señala la
Constitución. Por lo tanto, en virtud de esta determinación, dicho artículo se
deberá interpretar en el sentido precisado”, explicó.
De acuerdo con reportes del diario Reforma, la Corte aún tiene pendientes ocho
controversias promovidas por órganos autónomos para impugnar el tope salarial
de 1.6 millones de pesos netos anuales previstos en el PEF, juicios en los que
podrá sentenciar si la reducción salarial es arbitraria.
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